MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORIAS ASOMED LIMITADA

RUT 76170063-4 CVE 2073075
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
12 de enero de 2022
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
12 de enero de 2022
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
trigésima sexta notaría de Santiago

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La prestación de servicios profesionales en la diversas ramas o especialidades de la medicina y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Se comprende también en el objeto empresarial, las actividades de los profesionales paramédicos; y cualquier otro negocio o actividad que esté relacionado directa o indirectamente con el objeto de la empresa; b) La inversión para fines rentísticas y no con el ánimo de venta de toda clase de bienes inmuebles y la inversión en todo tipo de títulos, derechos, valores o efectos de comercio y demás bienes muebles incorporales, y en general realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines. Para el cumplimiento de este objetivo, la empresa podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas en la actualidad o en el futuro

Administración

uno cualquiera de los socios, quienes anteponiendo a su firma la razón social, tendrán amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, notario público titular de la trigésima sexta notaría de Santiago, con oficio en La Concepción sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 11-01- 2022, Rep. N°551-2022 ante mí doña MARIA TERESA PAZ RETAMAL VIVIAN, y don JUAN CARLOS CALLEJAS CALVERT, ambos con domicilio para estos efectos en Génova Oriente número dos mil ochocientos noventa y ocho, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Transformaron Sociedad “ASESORIAS ASOMED LIMITADA”, rol único tributario número 76.170.063-4 cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 57.217 N° 42.063, del año 2011, en sociedad por acciones subsistiendo su personalidad jurídica, reformando sus estatutos por los que extracto: Nombre: “ASESORIAS ASOMED SpA”; Objeto: a) La prestación de servicios profesionales en la diversas ramas o especialidades de la medicina y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Se comprende también en el objeto empresarial, las actividades de los profesionales paramédicos; y cualquier otro negocio o actividad que esté relacionado directa o indirectamente con el objeto de la empresa; b) La inversión para fines rentísticas y no con el ánimo de venta de toda clase de bienes inmuebles y la inversión en todo tipo de títulos, derechos, valores o efectos de comercio y demás bienes muebles incorporales, y en general realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines. Para el cumplimiento de este objetivo, la empresa podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas en la actualidad o en el futuro. Capital: $2.000.000 dividido en mil acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, totalmente suscritas y pagadas. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en cualquier lugar del país o del extranjero. Administración: uno cualquiera de los socios, quienes anteponiendo a su firma la razón social, tendrán amplias facultades.- Duración: indefinida.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 12 enero de 2022.