Instrumento
- Fecha
- 20 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 29606-2021
- Notario
- Andrés Felipe Rieutord Alvarado
- Oficio
- 36ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
servicios prestados por profesionales psicólogos y otros profesionales de la salud en diferentes áreas; ofrecer y realizar talleres psicoterapéuticos y otros, a empresas y público general; hacer todo tipo de asesoría en esta área y, en general, toda clase de actividad o negocios que los accionistas acuerden. Administración y uso de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAndrés Felipe Rieutord Alvarado, Notario Público de la 36ª Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción nº65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública Repertorio N° 29.606-2021, de fecha 20 de Diciembre de 2021, ante mí, doña Gladys del Carmen Cabaña Aravena, chilena, casada y separada totalmente de bienes, psicóloga, cédula nacional de identidad 14.168.823-5, domiciliada en Vicuña Mackenna nº2146, parcela 8, El Almendral, comuna de Peñaflor y don Felipe Daniel Angulo García, chileno, casado y separado totalmente de bienes, psicólogo, cédula nacional de identidad número 14.167.162-6, domiciliado en Walker Martínez nº 2991, departamento 604 D, comuna de la Florida, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones. Nombre: ANAM CARA SpA. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de agencias sucursales en otros puntos del territorio nacional o extranjero. Objeto: servicios prestados por profesionales psicólogos y otros profesionales de la salud en diferentes áreas; ofrecer y realizar talleres psicoterapéuticos y otros, a empresas y público general; hacer todo tipo de asesoría en esta área y, en general, toda clase de actividad o negocios que los accionistas acuerden. Administración y uso de razón social: será ejercida en conjunto por don Felipe Daniel Angulo García y doña Gladys del Carmen Cabaña Aravena. Capital: CLP$500.000, dividido en 1000 acciones nominativas de una misma serie, sin valor nominal, suscritas y pagadas íntegramente. Duración: indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 4 de Enero de 2022.