MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Inversiones Santa Paolita Limitada

RUT 76131102-6 CVE 2072346
Fecha instrumento
24 de diciembre de 2021
Notaría
Macul

Instrumento

Fecha
24 de diciembre de 2021
Notario
JUAN FACUSE HERESI
Domicilio
Santiago
Comuna
Macul

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN FACUSE HERESI, Notario Público de Santiago, Titular de la Primera Notaría de Macul, con Oficio Gregorio de la Fuente Nº 3143, certifico: Que por escritura de fecha 24 de diciembre de 2021, ante mí, PAOLA MARIN TOBIAS, domiciliada para estos efectos en calle Valenzuela Puelma ocho mil veintiuno, casa B, comuna de La Reina, Región Metropolitana, MARCELO ANTONIO PÉREZ OSSES, domiciliado para estos efectos en Avenida Cristóbal Colon número tres mil novecientos cuarenta, departamento ciento cuarenta y seis, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y ANA MARÍA PÉREZ OSSES, domiciliada para estos efectos en calle Llewellyn Jones número mil trecientos ochenta y uno, departamento cuarenta y tres, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron SOCIEDAD DE INVERSIONES SANTA PAOLITA LIMITADA, sentido que 1.- Doña PAOLA MARÍN TOBÍAS, titular del quince coma veinticinco por ciento de los derechos sociales, cede y transfiere el quince por ciento de los derechos sociales a don MARCELO ANTONIO PÉREZ OSSES, quien los adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de seiscientos mil pesos, pagados. 2.- Doña Paola Marín Tobías, cede y trasfiere el restante cero coma veinticinco por ciento de los derechos sociales a doña Ana María Perez Osses, quien los adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de diez mil pesos, pagados. En virtud de las cesiones precitadas se retira de la sociedad doña Paola Marín Tobías e ingresan don Marcelo Antonio Pérez Osses y doña Ana María Pérez Osses. En consecuencia don Marcelo Antonio Pérez Osses queda como titular del noventa y nueve coma setenta y cinco por ciento de los derechos sociales y doña Ana María Pérez Osses queda como titular del restante cero coma veinticinco por ciento de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 10 de enero de 2022.