RENTAS FAMA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 11225-2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $101.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad es: a) La compra, venta, administración y explotación para fines de inversión y renta de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos, debentures, derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero, ya sea a través de éste o del comercio electrónico; b) La percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración; c) la participación en todo tipo de sociedades, como socio o accionista; d) La administración patrimonial en todas las materias relacionadas con la gestión de negocios, finanzas, e inversiones de los tipos mobiliarios e inmobiliarios, de sociedades de terceros, especialmente, en las sociedades en que participe como administradora y, e) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie.” (2) Modifican artículo cuarto, relativo al capital, sustituyéndolo por el siguiente: “ARTICULO CUARTO:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA LORETO ZALDIVAR GRASS, Abogado, Notario Suplente 26ª Notaría Santiago, Av. Apoquindo N°3.196, comuna de Las Condes, certifico: por escritura pública otorgada el 27 de diciembre de 2021, Repertorio N° 11.225-2021, ante el titular Humberto Quezada Moreno, FERNANDO AUGUSTO MAGNASCO ASTE, por sí y por GESTION Y RENTAS MYC LIMITADA; PAOLA ANDREA MAGNASCO CASTAÑO, por sí y por JULIA CASTAÑO GONZALEZ y por RENTAS FAMA LIMITADA; MACARENA MAGNASCO CASTAÑO; FRANCISCO WEITZEL MAGNASCO; MATIAS ANDRÉS GONZALEZ MAGNASCO y, MARIA CATALINA GONZALEZ MAGNASCO, todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, calle Rosario Norte N° 615, of. 1104, Las Condes, Región Metropolitana, modificaron “RENTAS FAMA LIMITADA”, inscrita a fs. 43.492 N° 30.136 Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2010, siguiente manera: 1° Fusionan por incorporación en una sola, RENTAS FAMA LIMITADA y, GESTION Y RENTAS MYC LIMITADA, inscrita a Fs. 43.413 N° 30.067 Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2010, absorbiendo RENTAS FAMA LIMITADA todo el activo y pasivo de GESTION Y RENTAS MYC LIMITADA disolviéndose esta última, sin necesidad de proceder a su liquidación; RENTAS FAMA LIMITADA será su continuadora para todos los efectos, sucediendo jurídicamente a la absorbida en todos sus derechos y obligaciones, subrogándose y constituyéndose en la sucesora a título universal de todos los derechos y obligaciones de los que era titular la sociedad absorbida, haciéndose responsable de todos los impuestos que se adeuden o pudieren adeudarse por ésta, respecto de derechos y obligaciones fiscales según lo dispuesto en el artículo 69 Código Tributario, con efecto a contar del 27 de diciembre de 2021. 2° Dejan constancia que la fusión fue acordada en base a Balances practicados por las sociedades al 31 de octubre 2021 e Informe Pericial correspondiente. 3) Como consecuencia de la fusión, introducen siguientes modificaciones al estatuto social de RENTAS FAMA LIMITADA: (1) Modifican artículo segundo, relativo al objeto social, reemplazándolo por el siguiente: “SEGUNDO: OBJETO: El objeto de la Sociedad es: a) La compra, venta, administración y explotación para fines de inversión y renta de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos, debentures, derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero, ya sea a través de éste o del comercio electrónico; b) La percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración; c) la participación en todo tipo de sociedades, como socio o accionista; d) La administración patrimonial en todas las materias relacionadas con la gestión de negocios, finanzas, e inversiones de los tipos mobiliarios e inmobiliarios, de sociedades de terceros, especialmente, en las sociedades en que participe como administradora y, e) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie.” (2) Modifican artículo cuarto, relativo al capital, sustituyéndolo por el siguiente: “ARTICULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad asciende a la suma de $101.000.000, el que se encuentra íntegramente pagado, enterado y aportado por los socios, de contado y en dinero efectivo, de la siguiente manera: (Uno) Doña MACARENA MAGNASCO CASTAÑO, con la suma de $2.600.000, que corresponde aproximadamente al 2,5743% de los derechos sociales; (Dos) Doña PAOLA ANDREA MAGNASCO CASTAÑO, con la suma de $2.600.000, que corresponde aproximadamente al 2,5743% de los derechos sociales; (Tres) Don FRANCISCO WEITZEL MAGNASCO, con la suma de $47.400.000, que corresponde aproximadamente al 46,9307% de los derechos sociales; (Cuatro) Don MATIAS ANDRÉS GONZALEZ MAGNASCO, con la suma de $31.600.000, que corresponde aproximadamente al 31,2871% de los derechos sociales; (Cinco) Doña MARÍA CATALINA GONZALEZ MAGNASCO, con la suma de $15.800.000, que corresponde aproximadamente al 15,6436% de los derechos sociales; (Seis) Don FERNANDO AUGUSTO MAGNASCO ASTE, con la suma de $500.000, que corresponde aproximadamente al 0,4950% de los derechos sociales y, (Siete) Doña JULIA CASTAÑO GONZALEZ, con la suma de $500.000, que corresponde aproximadamente al 0,4950% de los derechos sociales.”. En lo no modificado permanecen vigentes demás estipulaciones del pacto social. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 4 de enero de 2022. MLZG. Not. Sup.