INVERSIONES SILAN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura de fecha 30 de diciembre de 2021, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, i) don Santiago Benjamín Silva Anabalón; ii) don Tomás Silva Anabalón; iii) don Federico Silva Anabalón; iv) doña Elisa Silva Anabalón, todos los anteriores domiciliados en Francisco de Aguirre 5238, Vitacura, Región Metropolitana; y, v) don Benjamín Silva Valdés, domiciliado en Avenida Vitacura 2909, oficina 712, Vitacura, Región Metropolitana, quienes acordaron modificar la sociedad “INVERSIONES SILAN LIMITADA”, inscrita a fojas 83.096, número 38.327 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021, conforme a lo siguiente: I.- Venta y Cesión de Derechos Sociales: i) don Santiago Benjamín Silva Anabalón, vende, cede y transfiere el 3,75% de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad “INVERSIONES SILAN LIMITADA” a don Benjamín Silva Valdés, conforme se detalla en la escritura extractada; ii) don Tomás Silva Anabalón, vende, cede y transfiere el 3,75% de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad “INVERSIONES SILAN LIMITADA” a don Benjamín Silva Valdés, conforme se detalla en la escritura extractada; iii) don Federico Silva Anabalón, vende, cede y transfiere el 3,75% de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad “INVERSIONES SILAN LIMITADA” a don Benjamín Silva Valdés, conforme se detalla en la escritura extractada; iv) doña Elisa Silva Anabalón, vende, cede y transfiere el 3,75% de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad “INVERSIONES SILAN LIMITADA” a don Benjamín Silva Valdés, conforme se detalla en la escritura extractada; III.- Modificación estatutos sociales. Como consecuencia de lo anterior, los socios acuerdan modificar el artículo séptimo de los estatutos sociales, el cual queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital social es la suma única y total de $500.000 los cuales serán pagados por sus socios en dinero o especies, dentro del plazo de un año contado desde la fecha de constitución de la Sociedad, en las siguientes cantidades y proporciones: i) don Benjamín Silva Valdés, con $100.000, equivalentes al 20% del capital y los derechos sociales, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a este acto; ii) don Santiago Benjamín Silva Anabalón, con $100.000, equivalentes al 20% del capital y los derechos sociales, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a este acto; iii) don Tomás Silva Anabalón, con $100.000, equivalentes al 20% del capital y los derechos sociales, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a este acto; iv) don Federico Silva Anabalón, con $100.000, equivalentes al 20% del capital y los derechos sociales, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a este acto; y, v) doña Elisa Silva Anabalón, con $100.000, equivalentes al 20% restante del capital y los derechos sociales, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a este acto”.- En todo lo no modificado por la escritura extractada, quedan plenamente vigentes las demás disposiciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de enero de 2022.