INVERSIONES CARDONAL DOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $24.286.597 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción sesenta y cinco, segundo piso, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2021, ante mí, QUITRALCO SpA, Av. Manuel Rodríguez Sur N° 713, Santiago, don JUAN GERARDO ARTEAGA CERDA, Fundo Amalia sin número, Paine, don JOSÉ LUIS ARTEAGA CERDA, camino Los Trapenses N° 4900, casa 20, comuna de Lo Barnechea, doña MARÍA CAROLINA ARTEAGA CERDA, Camino La Fuente N° 1359, casa 6, Las Condes, Santiago, don LUIS FELIPE ARTEAGA CERDA, El Litre N° 1200, departamento 81, comuna de Vitacura, Santiago, y ANDROMEDA INVESTMENTS L.P., Av. Manuel Rodríguez Sur N° 713, Santiago; acordaron modificar los estatutos de la sociedad INVERSIONES CARDONAL DOS LIMITADA, fojas 11.154 N° 6.978 Registro de Comercio Santiago año 2014, en las siguientes materias: i) Se convierte el capital a dólares de Estados Unidos de América, quedando fijado en US$188.996,33. ii) Se sustituye la cláusula tercera del objeto social por la siguiente: “TERCERO: El objeto de la sociedad será: a) la inversión en el exterior, mayormente en dólares de los Estados Unidos de América, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, con el objeto de percibir sus frutos y rentas, en especial en derechos, acciones, bonos, cuotas de fondos de inversión, y demás valores mobiliarios, títulos de crédito y efectos de comercio, derechos en sociedades de cualquier naturaleza, y la adquisición, enajenación, administración y explotación de dichos bienes, por cuenta propia o ajena, directamente o por terceros; y b) en general, cualquier materia que dispongan o acuerden el o los accionistas, relacionada o complementaria con las enunciadas precedentemente.” iii) Y, por último, se aumenta el capital social a US$24.286.597,8395, aumento que será pagado por el nuevo socio Andromeda Investments L.P., acordándose nueva cláusula cuarta relativa al capital: “CUARTO: El capital de la sociedad es la cantidad de US$24.286.597,8395, que se aporta por cada uno de los socios de la siguiente forma: a) ANDROMEDA INVESTMENTS L.P. aporta la cantidad de US$24.097.601,5095, equivalentes al 99,2218081295% del capital social, pendiente de pagar en el plazo de 3 años a contar de la presente fecha. b) QUITRALCO SpA aporta la cantidad de US$188.034,82, equivalentes al 0,7742328557% del capital social, ya enterado y pagado. c) don JUAN GERARDO ARTEAGA CERDA, aporta la cantidad de US$240,38, equivalentes al 0,000989764% del capital social, ya enterado y pagado. d) doña MARÍA CAROLINA ARTEAGA CERDA, aporta la cantidad de US$240,38, equivalentes al 0,000989764% del capital social, ya enterado y pagado. e) don JOSÉ LUIS ARTEAGA CERDA, aporta la cantidad de US$240,38, equivalentes al 0,000989764% del capital social, ya enterado y pagado. f) don LUIS FELIPE ARTEAGA CERDA, aporta la cantidad de US$240,37, equivalentes al 0,0009897228% del capital social, ya enterado y pagado. En consecuencia, el capital social se encuentra pagado en la cantidad de US$188.996,33, y la cantidad de US$24.097.601,5095 pendiente de pagar en el plazo de 3 años a contar de la presente fecha”. Demás cláusulas en escritura extractada. Santiago, 11 de enero 2022.