CONSTRUCTORA RODRIGO MEDINA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de enero de 2022
- Notario
- JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $450.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Abogado, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en calle A. Prat Nº 770, Temuco. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 05 de enero de 2022, ante mí don RODRIGO ALEX MEDINA BUCAREY, chileno, casado en régimen de separación de bienes, Ingeniero Constructor, cédula nacional de identidad número quince millones quinientos cincuenta mil ciento tres guion cero, domiciliado en Avenida Los Pablos numero dos mil ciento noventa, Departamento ciento ocho de la ciudad de Temuco y doña ROSA DEL CARMEN BUCAREY BUCAREY, chilena, casada con separación total de bienes, profesora, cédula nacional de identidad número siete millones trescientos cincuenta y un mil ciento cuarenta y cinco guion tres, domiciliada en calle Monserrat número mil ochocientos ochenta y uno de la ciudad de Temuco, celebraron contrato de modificación aumento de capital social: UNO) a) Por escritura pública de fecha dieciséis de Diciembre de dos mil catorce, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, y anotada en el Registro de instrumentos públicos bajo el repertorio número diez mil sesenta y siete, publicada en extracto en el Diario Oficial en su edición cuarenta y un mil sesenta de fecha diecinueve de Enero de dos mil quince, don RODRIGO ALEX MEDINA BUCAREY y doña ROSA DEL CARMEN BUCAREY BUCAREY, constituyeron la sociedad comercial de responsabilidad limitada, cuya razón social es, "CONSTRUCTORA RODRIGO MEDINA LIMITADA”, Rol Único Tributario 76.466.174-5, nombre de fantasía "CONSTRUCTORA CRM LTDA la que figura inscrita en extracto a fojas setenta y nueve vuelta, número cincuenta y ocho, del año dos mil quince, del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco.- b) Modificada por escritura pública de fecha treinta y uno de Agosto de dos mil dieciocho, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Carlos Alarcón Ramírez, y anotada en el Registro de instrumentos públicos bajo el repertorio número seis mil setecientos cincuenta y siete guion dos mil dieciocho, publicada en extracto en el Diario Oficial en su edición cuarenta y dos mil ciento cincuenta y ocho de fecha catorce de Septiembre de dos mil dieciocho la que figura inscrita en extracto a fojas mil doscientos cincuenta y cuatro, número setecientos cincuenta, del año dos mil dieciocho, del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco.- c) Modificada por escritura pública de fecha veintidós de Julio de dos mil veintiuno, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, y anotada en el Registro de instrumentos públicos bajo el repertorio número dos mil seiscientos cincuenta y siete / dos mil veintiuno, publicada en extracto en el Diario Oficial en su edición cuarenta y tres mil once, de fecha veintiséis de Julio de dos mil veintiuno la que figura inscrita en extracto a fojas setecientos cuarenta y cuatro vuelta, número cuatrocientos treinta y cinco en el Registro de Comercio del año dos mil veintiuno del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Se aumentó el capital a la suma de doscientos veinte millones de pesos. d) Rectificada por escritura pública de fecha veintidós de Julio de dos mil veintiuno, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, y anotada en el Registro de instrumentos públicos bajo el repertorio número dos mil seiscientos cincuenta y siete / dos mil veintiuno, rectificada por otra escritura pública de fecha tres de agosto de dos mil veintiuno, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, y anotada en el Registro de instrumentos públicos bajo el repertorio número tres mil ochocientos treinta y nueve / dos mil veintiuno, publicada en extracto en el Diario Oficial en su edición cuarenta y tres mil veintidós, de fecha siete de Agosto del dos mil veintiuno la que figura inscrita en extracto a fojas setecientos cuarenta y seis, número cuatrocientos treinta y seis en el Registro de Comercio del año dos mil veintiuno del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco. DOS) Que en su calidad de únicos y exclusivos socios de la "CONSTRUCTORA RODRIGO MEDINA LIMITADA”, don RODRIGO ALEX MEDINA BUCAREY y doña ROSA DEL CARMEN BUCAREY BUCAREY, acuerdan modificar la sociedad, aumentando el capital social en relación a los porcentajes que ha cada socio le corresponden, a la suma de $450.000.000.-, es decir se aumenta en $230.000.000.-, suma que se paga y entera en este acto mediante la capitalización de utilidades acumuladas en la sociedad, de contado por las partes y a prorrata de sus derechos, ingresado dichos montos a la caja social. De consecuencia el socio don RODRIGO ALEX MEDINA BUCAREY, aporta la suma de $207.000.000.- los que se encuentran pagados y enterados en la caja social y la socia doña ROSA DEL CARMEN BUCAREY BUCAREY, aporta la suma de $23.000.000.-, los que se encuentran enterados y pagados en caja social.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Temuco, 13 de Enero de 2022.-