Instrumento
- Fecha
- 13 de enero de 2022
- Notario
- Notario Suplente de don Eduardo Diez Morello
- Domicilio
- con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La compra, venta, enajenación, arrendamiento, con o sin promesa de compraventa, por cuenta propia o ajena, de toda clase de vehículos motorizados, nuevos o usados, y de todo tipo de bienes corporales muebles o inmuebles, y concurrir a su financiamiento; el transporte o flete terrestre de pasajeros y carga, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos, por cuenta propia o ajena, que la sociedad convenga que sean necesarios, conducentes o relacionados con las actividades anteriores. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá constituir otras sociedades o incorporarse a ellas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaria José Bravo Cruz, Abogado, Notario Suplente de don Eduardo Diez Morello, Notario Público, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, Certifico: por escritura pública de hoy, ante mí, INVERSIONES 4Truks SpA constituyó sociedad por acciones, cuyas principales disposiciones son: Nombre: 4Trucks Rent a Car SpA; Objeto Social: La compra, venta, enajenación, arrendamiento, con o sin promesa de compraventa, por cuenta propia o ajena, de toda clase de vehículos motorizados, nuevos o usados, y de todo tipo de bienes corporales muebles o inmuebles, y concurrir a su financiamiento; el transporte o flete terrestre de pasajeros y carga, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos, por cuenta propia o ajena, que la sociedad convenga que sean necesarios, conducentes o relacionados con las actividades anteriores. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá constituir otras sociedades o incorporarse a ellas. Domicilio: Santiago. Duración: indefinida. Capital: $20.000.000.- dividido 20.000 acciones nominativas, una serie, sin valor nominal. Capital íntegramente suscrito por el accionista, que lo pagará dentro del plazo de 3 años, ya sea en dinero en efectivo o mediante la cesión y transferencia de instrumentos financieros tales como depósitos a plazo, acciones, bonos, opciones, y cuotas de fondos de cualquier clase. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 13 de Enero de 2022.