MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TORRES OCARANZA AGF SpA

RUT 76437785-0 CVE 2071760
Capital
$900.000 CLP
Fecha instrumento
14 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de diciembre de 2021
Repertorio
20798-2021
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
34ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$900.000 CLP

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
AGF CHILE SpA accionista 76414228-4
TORRES OCARANZA SOLDABLES LIMTADA socio 76336747-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, CERTIFICO que por escritura pública del 14/12/2021, repertorio N° 20798-2021, otorgada ante mí, VÍCTOR JESAM TORRES, C. I. N° 15.325.644-6, domiciliado Av. Estoril 120, oficina 414, Las Condes, Santiago, debidamente facultado, en representación de TORRES OCARANZA AGF SpA, domiciliada calle Vista Clara 2351, Cerrillos, Santiago, redujo a escritura pública acta de junta extraordinaria de accionistas de dicha sociedad, en la cual los accionistas AGF CHILE SpA, RUT 76.414.228-4, y TORRES OCARANZA SOLDABLES LIMTADA, RUT 76.336.747-9, ambos domiciliados calle Vista Clara 2351, Cerrillos, Santiago, modificaron sociedad por acciones "TORRES OCARANZA AGF SpA", con capital de $900.000.000 en 22.500 acciones nominativas, sin valor nominal, inscrita Registro de Comercio de Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 18219, número 10994, del año 2015, en siguiente sentido: uno) Se modifica cláusula quinta de estatutos sociales, relativa a capital social y número de acciones, disminuyéndose capital de $900.000.000 a $736.000.000, en 18.400 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Cláusula quinta queda como sigue: “ARTICULO QUINTO: El capital social asciende a la cantidad de setecientos treinta y seis millones de pesos, que se suscribirá y pagará en la forma que se señala en el artículo primero transitorio, dividido en dieciocho mil cuatrocientas acciones (las “acciones”) nominativas, ordinarias, todas de una misma serie y sin valor nominal. El capital social podrá ser aumentado o disminuido por acuerdo de la junta de accionistas (en adelante “la junta de accionistas”). El plazo para enterar los aumentos de capital será de cinco años, contados desde la fecha del acuerdo respectivo. Si no se pagare el capital o sus posteriores aumentos oportunamente, al vencimiento de los plazos correspondientes, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las opciones para suscribir acciones de aumentos de capital o de valores convertibles en acciones o de cualquiera otros valores que confieran derechos futuros sobre estas acciones, serán ofrecidas por una sola vez, de manera preferente, a los accionistas de la sociedad, a prorrata de las acciones que posean registradas a su nombre en el registro de accionistas. El derecho de suscripción preferente deberá ser ejercido por los accionistas dentro de los treinta días contados desde que la sociedad informe a los accionistas esta opción”; dos) Se modifica artículo primero transitorio, el que queda como sigue: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social ascendente a setecientos treinta y seis millones de pesos, dividido en dieciocho mil cuatrocientas acciones, todas nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, se suscribe íntegramente en este acto por los accionistas fundadores al valor inicial de cuarenta mil pesos cada acción, del modo siguiente: a) TORRES OCARANZA SOLDABLES LIMITADA, suscribe nueve mil doscientas acciones, las que ha enterado y pagado con anterioridad, al contado y en dinero efectivo; y b) AGF CHILE SpA suscribe las restantes nueve mil doscientas acciones, las que ha enterado y pagado con anterioridad, al contado y en dinero efectivo”. En lo no modificado por escritura, se mantiene plenamente vigente pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 10 de enero de 2022.