SERVICIOS DE COBRANZAS Y ASESORIAS LEGAL LEXAFIN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 3346-2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCRISTHOFER JORDÁN TORRES RIFFO, Notario Suplente del titular de la 12º Notaría de Concepción de don JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, según decreto Nº636, protocolizado al final de los registros del presente mes bajo el Nº1.479, con oficio en Avenida Chacabuco Nº980, de la comuna de Concepción, certifico: Que por Escritura Pública de fecha 20 de DICIEMBRE de 2021, bajo el repertorio N°3.346-2021, ante don JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, doña SUSAN ELIZABETH GUZMAN MILLAR, don FERNANDO JOSE FRANCISCO GUZMAN LAGOS y doña ILSE MARIETTA BETZABE MILLAR CABRERA , todos con domicilio en domiciliado en calle Arturo Prat 199 oficina 1301 Torre A ,comuna de Concepción MODIFICAN Y REPACTAN SOCIEDAD “SERVICIOS DE COBRANZAS Y ASESORIAS LEGAL LEXAFIN LIMITADA” doña ILSE MARIETTA BETZABE MILLAR CABRERA ., cede el noventa y nueve coma nueve por ciento de su interés social a doña SUSAN ELIZABETH GUZMAN MILLAR de manera que esta última pasa a ser socio de la compañía en la proporción de capital cedida . FERNANDO JOSE FRANCISCO GUZMAN LAGOS cede el cien por ciento de su interés social a doña SUSAN ELIZABETH GUZMAN MILLAR de manera que esta última pasa a ser socio de la compañía en la misma proporción de capital en que lo era el. Por este instrumento, la sociedad y FERNANDO JOSE FRANCISCO GUZMAN LAGOS se otorgan recíprocamente el más amplio y completo finiquito respecto de cualquier deuda que este mantenga con la sociedad o que la sociedad mantenga con aquel La representación Por este instrumento las partes acuerdan que la representación de la sociedad, el uso y administración social corresponderá exclusivamente a doña SUSAN ELIZABETH GUZMAN MILLAR modificando así las disposiciones contenidas en el artículo TERCERO del estatuto primitivo . La sociedad responderá de todos los impuestos que se adeuden o pudieren adeudar a la fecha, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario.- Se deja expresamente establecido que la presente escritura formará parte integrante de del pacto social que se modifica y éste continúa vigente en todo aquello que no ha sido modificado por el presente instrumento.- Concepción, 29 de Diciembre de 2021.-