Inversiones y Asesorías Finabsa Limitada
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2021
- Notario
- MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
- Oficio
- Titular de la 5° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
i) Efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, así como en todo tipo sociedades, comunidades, asociaciones, pudiendo administrar dichos bienes y sociedades y percibir sus frutos y rentas, ya sea directamente o a través de terceros; ii) Desarrollar actividades y prestar toda clase de servicios de consultoría, asesoría, capacitación, servicios y administración; y iii) La participación en todo otro negocio, actividad, sociedad, asociación o actividad y que tenga relación directa o indirectamente con las actividades antes mencionadas que los accionistas acuerden realizar; d)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la 5° Notaria de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique N°30, oficina 32, Las Condes, Santiago, Certifico: Por escritura pública de fecha 31.12.2021, ante mí, Romualdo Javier Ábrigo Moreno, Alejandra Lorena Salinas Fernández, Martina Javiera Ábrigo Salinas, Camila Andrea Ábrigo Salinas, Ignacia Alejandra Ábrigo Salinas, todos Camino El Algarrobo sin número Condominio Chicureo 3, casa 29, Colina, Región Metropolitana, modificaron la sociedad Inversiones y Asesorías Finabsa Limitada, inscrita a fojas 8.301 Nº5.790 año 2010 Registro Comercio Santiago, en el siguiente sentido: 1) Se acuerda la incorporación a Inversiones y Asesorías Finabsa Limitada de Martina Javiera Ábrigo Salinas, Camila Andrea Ábrigo Salinas e Ignacia Alejandra Ábrigo Salinas, por la vía de aumentar su capital social de $1.000.000, en $1.000.000, quedando por consiguiente en $2.000.000. Aumento capital se paga de la siguiente forma: a) Romualdo Javier Ábrigo Moreno aportó y pagó $300.000, al contado y en dinero efectivo; b) Alejandra Lorena Salinas Fernández aportó y pagó $100.000 pagados al contado y en dinero efectivo; c) Martina Javiera Ábrigo Salinas aportó y pagó $200.000, al contado y en dinero efectivo; d) Camila Andrea Ábrigo Salinas aportó y pagó $200.000, al contado y en dinero efectivo; e) Ignacia Alejandra Ábrigo Salinas aportó y pagó $200.000, al contado y en dinero efectivo. 2) Aportes y participación socios queda como sigue: a) Romualdo Javier Ábrigo Moreno, aportó $1.000.000, equivalente al 50% derechos sobre capital social; b) Alejandra Lorena Salinas Fernández, aportó $400.000, equivalente al 20% de derechos sobre el capital social; c) Martina Javiera Ábrigo Salinas, aportó $200.000, equivalentes al 10% de derechos sobre capital social; d) Camila Andrea Ábrigo Salinas, aportó $200.000, equivalentes al 10% de derechos sobre capital social; e) Ignacia Alejandra Ábrigo Salinas aportó $200.000, equivalentes al 10% de derechos sobre capital social. Se modificó el artículo quinto de los estatutos sociales en el sentido antes mencionado. 3) Acordaron transformarla en una sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan a continuación: a) Accionistas: i) Romualdo Javier Ábrigo Moreno; ii) Alejandra Lorena Salinas Fernández; iii) Martina Javiera Ábrigo Salinas; iv) Camila Andrea Ábrigo Salinas; v) Ignacia Alejandra Ábrigo Salinas; b) Nombre: Inversiones y Asesorías Finabsa SpA; c) Objeto: i) Efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, así como en todo tipo sociedades, comunidades, asociaciones, pudiendo administrar dichos bienes y sociedades y percibir sus frutos y rentas, ya sea directamente o a través de terceros; ii) Desarrollar actividades y prestar toda clase de servicios de consultoría, asesoría, capacitación, servicios y administración; y iii) La participación en todo otro negocio, actividad, sociedad, asociación o actividad y que tenga relación directa o indirectamente con las actividades antes mencionadas que los accionistas acuerden realizar; d) Capital: $2.000.000, dividido en 2.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en forma señalada en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de enero de 2022. MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente.-