MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES, SERVICIOS Y RENTAS DEVO LIMITADA

RUT 78959940-8 CVE 2072211
Fecha instrumento
28 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de diciembre de 2021
Repertorio
21762-2021
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
Titular de la 34° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público del Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Oyeda N° 359, Providencia, certifico: Por escritura pública fecha 28 de diciembre de 2021, repertorio N° 21.762-2021, otorgada ante mi Notario Suplente doña MARÍA JOSÉ BRAVO CRUZ, Andres De Witt Hepp, Claudia Redlich Jahn, Dominique De Witt Redlich, Michelle De Witt Redlich, Alexei de Witt Redlich, todos domiciliados para estos efectos, en Avenida Sotto Il Monte número 1776, comuna de Vitacura, Santiago; acordaron respecto a INVERSIONES, SERVICIOS Y RENTAS DEVO LIMITADA, en adelante e indistintamente la “Sociedad", inscrita a fojas 3.309 número 2.656 en el Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 1.997, lo siguiente: 1) doña Dominique de Witt Redlich, en adelante la “Cedente”, con el expreso consentimiento de doña Claudia Redlich Jahn, don Andres De Witt Hepp, doña Michelle de Witt Redlich y de INVERSIONES, SERVICIOS Y RENTAS DEVO LIMITADA, vende, cede y transfiere el 8,333% del total de los derechos sociales de la Sociedad a don Alexei de Witt Redlich, en adelante el “Cesionario”, quien los acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión efectuada es la suma de ciento sesenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y cuatro pesos que el Cesionario paga en el mismo acto, al contado y en dinero efectivo, y que la Cedente recibe a su entera y total satisfacción, declarando íntegramente pagado el precio. 2) Doña Michelle de Witt Redlich, en adelante la “Cedente”, con el expreso consentimiento de, don Andrés De Witt Hepp, doña Claudia Redlich Jahn, doña Dominique de Witt Redlich y de INVERSIONES, SERVICIOS Y RENTAS DEVO LIMITADA, vende, cede y transfiere el 8,333% del total de los derechos sociales de la Sociedad a don Alexei de Witt Redlich, en adelante el “Cesionario”, quien los acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión efectuada es la suma de ciento sesenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y cuatro pesos que el Cesionario paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, y que la Cedente recibe a su entera y total satisfacción, declarando íntegramente pagado el precio. 3) En consideración a la cesión de derechos acordada, los Socios acuerdan efectuar las siguientes modificaciones a los estatutos de la Sociedad: (a) se reemplaza el Artículo Sexto por el siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de SEISCIENTOS MIL PESOS, aportado por los socios de la siguiente forma: Uno) don Andrés de Witt Hepp, ciento cincuenta mil pesos íntegramente pagados, con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos sociales; Dos) Claudia Redlich Jahn, ciento cincuenta mil pesos íntegramente pagados, con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos sociales; Tres) doña Dominique de Witt Redlich, cien mil ciento dos pesos íntegramente pagados, con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo, equivalentes al dieciséis coma seis siete por ciento de los derechos sociales; Cuatro) doña Michelle de Witt Redlich, cien mil ciento dos pesos íntegramente pagados, con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo, equivalentes al dieciséis coma seis siete por ciento de los derechos sociales; Cinco) don Alexei de Witt Redlich, novecientos noventa y nueve mil novecientos seis pesos íntegramente pagados, con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo, equivalentes al dieciséis coma seis seis por ciento de los derechos sociales”; y (b) se reemplaza el Artículo Quinto en lo referente a la administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social, en el sentido de establecer que la administración y representación judicial y extrajudicial corresponderá a (i) doña Claudia Redlich Jahn y a don Andrés de Witt Hepp, quienes actuando individualmente y anteponiendo a sus firmas la razón social la representarán con las más amplias facultades en toda clase de actos y contratos con las facultades y limitaciones estipuladas en el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad; y (ii) en caso de ocurrir la ausencia de los dos socios administradores señalados precedentemente, la administración, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad corresponderá a los socios Dominique de Witt Redlich, Michelle de Witt Redlich y Alexei de Witt Redlich quienes actuando todos ellos conjuntamente y anteponiendo sus firmas la razón social la representarán con las más amplias facultades en toda clase de actos y contratos con las facultades estipuladas en el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad. 4) En todo lo no expresamente modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social de la Sociedad y sus modificaciones. Los socios mantienen limitada su responsabilidad por los negocios sociales al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago 10 de enero de 2022. Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público.-