MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Beeok SpA

RUT 77032675-3 CVE 2071708
Capital
$164.168.548 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2021
Repertorio
3298-2021
Notario
Renata Marcela González Carvallo
Oficio
23ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$164.168.548 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Renata Marcela González Carvallo, Notario Público, Titular 23ª Notaría Santiago, Catedral 1265, Santiago, certifico: Que, por escritura pública otorgada el 27 de diciembre de 2021, Repertorio N° 3298-2021, ante mí, Cristián Francisco Bustos Salas, cédula de identidad 10.403.262-1, en representación de SOSTENIBLE INVERSIONES SpA, rol único tributario 76.994.514-8, ambos domiciliados en Almirante Pastene 185, oficina 1105, Providencia, Santiago, Región Metropolitana, acordó modificar la sociedad “BEEOK SpA”, conforme a lo siguiente: CUARTO: Aumenta el capital de la sociedad en la suma de $164.168.548, mediante la emisión de 164.168.548 nuevas acciones de la sociedad, dividas en: A) 41.072.926 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie denominada Serie C, sin valor nominal, de igual valor entre si, correspondientes a $41.072.926 del capital social, y las que conjuntamente representan un total de un 1,111% de los derechos sociales y votos en la sociedad; B) 41.965.816 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie denominada Serie D, sin valor nominal, de igual valor entre si, correspondientes a $41.965.816 del capital social, y las que conjuntamente representan y representarán un total de un 1,111% de los derechos sociales y votos en la sociedad; y, C) Un total de 81.129.806 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie denominada Serie E, sin valor nominal, de igual valor entre si, correspondientes a $81.129.806 del capital social, y las que conjuntamente representan y representarán un total de un 2,222% de los derechos sociales y votos en la sociedad. Todas debiendo ser suscritas y pagadas dentro 3 años contados desde el 18 de diciembre del año 2020. QUINTO: Modifica la Serie A y la Serie B de acciones de la sociedad, dividiendo cada una de las acciones de cada una de las dos series en 1.000 nuevas acciones de misma y correspondiente serie, sin variar la naturaleza de las acciones ni el valor que cada serie corresponde del capital social, en su conjunto, y de este modo: A) La Serie A pasa a encontrarse conformada por 1.500.000 acciones, todas ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de igual valor entre si, y correspondientes a un $1.500.000 del capital social; y, B) La Serie B pasa a encontrarse conformada por 500.000 acciones, todas preferentes, nominativas, sin valor nominal, de igual valor entre si, correspondientes a $500.000 del capital social, y las cuales, no gozan de derecho a voto en la junta de accionistas. De igual manera modifica la Serie A y la Serie B de acciones de la sociedad, en el sentido que la Serie A pasa a representar un 80,556% por ciento de los derechos sociales y un 95,556% de los votos en la sociedad, y que la Serie B pasa a representar un 15% de los derechos en la sociedad, y un 0% de los votos en la sociedad. SÉPTIMO: Reemplaza íntegramente el artículo quinto del estatuto social por: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de ciento sesenta y seis millones ciento sesenta y ocho mil quinientos cuarenta y ocho pesos, dividido en un total de ciento sesenta y seis millones ciento sesenta y ocho mil quinientos cuarenta y ocho acciones, divididas estas a su vez en: A) Un millón quinientas mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie denominada Serie A, sin valor nominal, de igual valor entre si, correspondientes a un millón quinientos mil pesos del capital social, y conjuntamente representativas de un ochenta coma quinientos cincuenta y seis por ciento de los derechos sociales y de un noventa y cinco coma quinientos cincuenta y seis por ciento de los votos en la sociedad; B) Quinientas mil acciones preferentes, nominativas, de una misma serie denominada Serie B, sin valor nominal, de igual valor entre si, correspondientes a quinientos mil pesos del capital social, las cuales no gozan de derecho a voto en la junta de accionistas, y conjuntamente representativas de un quince por ciento de los derechos sociales y un cero por ciento de los votos en la sociedad; C) Cuarenta y un millones setenta y dos mil novecientos veintiséis acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie denominada Serie C, sin valor nominal, de igual valor entre si, correspondientes a cuarenta y un millones setenta y dos mil novecientos veintiséis pesos del capital social, y conjuntamente representativas de un uno coma ciento once por ciento de los derechos sociales y votos en la sociedad; D) Cuarenta y un millones novecientos sesenta y cinco mil ochocientos dieciséis acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie denominada Serie D, sin valor nominal, de igual valor entre si, correspondientes a cuarenta y un millones novecientos sesenta y cinco mil ochocientos dieciséis pesos del capital social, y conjuntamente representativas de un uno coma ciento once por ciento de los derechos sociales y votos en la sociedad; y, E) Ochenta y un millones ciento veintinueve mil ochocientos seis acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie denominada Serie E, sin valor nominal, de igual valor entre si, correspondientes a ochenta y un millones ciento veintinueve mil ochocientos seis pesos del capital social, y conjuntamente representativas de un dos coma doscientos veintidós por ciento de los derechos sociales y votos en la sociedad. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Se acuerda que el capital deberá quedar completamente suscrito, enterado y pagado en un plazo de tres años a contar del dieciocho de diciembre de dos mil veinte. Las acciones podrán pagarse en dinero o en especies. En este último caso, los bienes deberán ser previamente aceptados y avaluados por la administración de la sociedad o por la unanimidad de las acciones. Sin perjuicio de lo anterior, no será necesario que las acciones suscritas se encuentren pagadas para que los accionistas titulares de las mismas puedan ejercer los derechos políticos que aquellas les entregan.”. Reemplaza íntegramente el artículo primero transitorio del estatuto social por: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es pagado y suscrito de la siguiente manera: A) la persona de SOSTENIBLE INVERSIONES SpA suscribe un total de un millón veinte mil acciones de Serie A de la sociedad, representativas de un cincuenta y cuatro coma setenta y ocho por ciento de los derechos sociales y votos en la sociedad, ello en este mismo acto, y pagando así la suma de un millón veinte mil pesos del capital social, al contado y en dinero en efectivo. El saldo de las cuatrocientos ochenta mil acciones de Serie A, el total de las quinientas mil acciones de Serie B, el total de las cuarenta y un millones setenta y dos mil novecientos veintiséis acciones de Serie C, el total de las cuarenta y un millones novecientos sesenta y cinco mil ochocientos dieciséis acciones de Serie D, y el total de ochenta y un millones ciento veintinueve mil ochocientos seis acciones de Serie E, se encuentran todas pendientes de suscripción y pago, y deberán ser debidamente suscritas, y su capital deberá ser debidamente pagado, ello dentro de un plazo de tres años contados desde el dieciocho de diciembre del año dos mil veinte.” CERTIFICO: que, habiendo tenido a la vista el Libro de Accionistas y Registro de Acciones de la sociedad, figura la sociedad con un capital social de $2.000.000, dividido en 2.000 de acciones, divididas en 1.500 de una misma Serie A, ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de igual valor entre sí, por $1.500.000 del capital social, y en 500 de una misma Serie B, preferentes, sin derecho a voto, nominativas, sin valor nominal, de igual valor entre si, correspondientes a $500.000 del capital social, con 1.020 de Serie A suscritas y pagadas por SOSTENIBLE INVERSIONES SpA, y con 480 de Serie A y 500 de Serie B pendientes de suscripción y pago, y en tenencia de la sociedad como acciones de propia emisión. Santiago, 07 de enero de 2022.