MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Asesorías Futuro SpA

RUT 77371433-9 CVE 2071989
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
22 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de diciembre de 2021
Notario
NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ
Oficio
37ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Abogado, Notario Público Titular de la 37ª Notaría de Santiago, Huérfanos 1117, oficina 1014, certifica: que por escritura pública de fecha 22 de diciembre del año 2021, otorgada ante mí, RODRIGO JAIME FRIEDLANDER ERGAS, cédula nacional de identidad número 7.620.631-7, con domicilio en calle La Loma sin número, Llallauquen, Rapel, comuna de Las Cabras, Región de O´Higgins, y de paso en ésta, en su calidad de único accionista de Asesorías Futuro SpA, sociedad inscrita a fojas 42.461, número 20.268 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2020, Rut número 77.371.433-9, decidió modificar la sociedad en el sentido de: Uno. Aumentar su capital social desde su capital inicial de $500.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal a la suma de $54.925.000, mediante un aumento efectivo de $54.425.000, mediante la emisión de 10.885 nuevas acciones de pago, a un valor de $5.000 por acción, que don Rodrigo Jaime Friedlander Ergas, enteró y pagó en el acto de modificación, en su calidad de empresario unipersonal, de la siguiente manera: i) Mediante el aporte en dominio de 20 acciones que posee en la sociedad AJG Holding (Chile) SpA, Rol Único Tributario número 76.437.746-K, valorizadas en la suma de $49.485.687; ii) Mediante el aporte en dominio de 78 acciones que posee en la sociedad AJG Corredores de Seguros S.A., Rol Único Tributario número 77.682.370-8, valorizadas en la suma de $4.936.279; y iii) Mediante el aporte de $3.034, suma que aportó en ese mismo acto y en dinero efectivo, moneda de curso legal, ya ingresado en arcas sociales. Dos. Como consecuencia de lo anterior se sustituye el artículo 5° permanente y primero transitorio de los estatutos de la sociedad relativos al capital social. Demás estipulaciones no son materias de extracto y constan en la escritura extractada. Santiago, 04 enero 2022.