Instrumento
- Fecha
- 6 de enero de 2022
- Repertorio
- 84-2022
- Notario
- NICOLÁS ARRIETA CONCHA
- Oficio
- 6ª Notaría de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $591.200.000 CLP
- Duración
- 10 años a contar de la fecha de escritura, prorrogable por períodos de 10 años, forma indicada cláusula quinta escritura extractada. Responsabilidad: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNICOLÁS ARRIETA CONCHA, Notario Público de la 6ª Notaría de Antofagasta, ubicada en calle Arturo Prat 470, Local N° 3, Antofagasta, certifico: Por escritura pública de fecha 06 de enero de 2022, repertorio 84-2022, ante mí, PAMELA YAEL FRIED OHNSTEIN, EDUARDO ARIEL FRIED OHNSTEIN, ROBERTO ANDRÉS FRIED OHNSTEIN y JAIME ARTURO BUSTOS ARAYA, todos domiciliados en calle Aysén 6138, Población Prat “A”, oficina N° 3, Antofagasta, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: LAS LOMAS LIMITADA. Administración y Uso Razón Social: Corresponde exclusivamente al socio ROBERTO ANDRÉS FRIED OHNSTEIN, con atribuciones indicadas en cláusula octava escritura extractada. Capital: $591.200.000, pagado y pagadero de la siguiente forma: PAMELA YAEL FRIED OHNSTEIN, $88.680.000, pagado en dinero efectivo y al contado; EDUARDO ARIEL FRIED OHNSTEIN, $88.680.000, pagado en dinero efectivo y al contado; ROBERTO ANDRÉS FRIED OHNSTEIN, $325.160.000, pagado en dinero efectivo y al contado; y JAIME ARTURO BUSTOS ARAYA, $88.680.000, pagando $35.000.000 en dinero efectivo y al contado y $53.680.000 pagaderos en dinero en plazo máximo de 24 meses contado desde la fecha de la escritura. Giro: La Sociedad tendrá por objeto la inversión, reinversión, compra, venta, adquisición y enajenación a cualquier título, por cuenta propia o ajena, tanto en Chile como en el extranjero, de todo tipo de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, tales como, valores mobiliarios, acciones, créditos, bonos, derechos en sociedades, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor o bien mueble o inmueble. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de los socios para desarrollar otras actividades, negocios e inversiones propias del giro de la sociedad, y en las que estén de acuerdo. Duración: 10 años a contar de la fecha de escritura, prorrogable por períodos de 10 años, forma indicada cláusula quinta escritura extractada. Responsabilidad: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Antofagasta, 06 de enero 2022.