Instrumento
- Fecha
- 7 de enero de 2022
- Notario
- CONSUELO CECILIA GONZALEZ ASCUI Abogado
- Oficio
- Primera Notaría de la Comuna de San Vicente
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de San Vicente de Tagua Tagua, Sexta Región del Libertador Bernardo O’Higgins
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad es la realización por cuenta propia y)o de terceros y)o asociada a terceros, de las siguientes actividades: A) La creación de todo tipo de empresas mobiliarias y realización de proyectos, actividades, y negocios ya sean comerciales, industriales, forestales, turísticos, comunicacionales y de marketing, inmobiliarios, de construcción, transporte, servicios y asesorías, importación y exportación, de distribución por cuenta propia o ajena de todo tipo de productos, bienes muebles o raíces de cualquiera naturaleza, materiales, artículos, subproductos o bienes de cualquier naturaleza y origen que sea, asumiendo el carácter de representante, mandatario, consignatario o distribuidor o cualquier otra forma; B) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, valores mobiliarios, bienes corporales e incorporales; C) La explotación y administración de restaurantes, Pubs, Discoteque, cafeterías, mini mercados y en general, cualquier establecimiento y)o almacén destinado a la compra, venta, distribución, importación, exportación, comercialización, elaboración de todo tipo de alimentos, frescos, procesados, secos, envasados y de productos o accesorios para repostería y gastronomía; D) La importación, compra, venta, comercialización y arrendamiento de maquinaria gastronómica; E) La importación, compra, venta, comercialización de productos y subproductos gastronómicos; F) Participar en procesos de licitaciones públicas, ofrecidas por organismos del Estado, de su administración, autónoma, descentralizada o Municipales; adjudicarse y ejecutar los proyectos a que dichas licitaciones se refieran, por si o por terceras personas naturales o jurídicas; G) Ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con el objeto social, sea directa o participando en otras empresas o sociedades, sea como gestora, socia o accionista; H) Importar, exportar, comprar, vender, fabricar, distribuir y comercializar cualquier clase de bienes, productos, materias primas, maquinarias o mercaderías; I) La exportación, importación, distribución, comercialización de todo tipo de bienes corporales, por cuenta propia o ajena; J) La adquisición o arrendamiento de los bienes muebles e inmuebles que sean necesarios para la consecución de los fines de la sociedad; K) La Prestación de Servicios gastronómicos y de banqueteria; L) La creación y explotación de establecimientos de comida rápida y)o al paso, bar y fuentes de soda; LL) Servicio de Comida Móvil, delivery y similares; M) actividades de restaurantes y servicios móviles de comida; N) La organización y)o ejecución de todo tipo de eventos y servicios comerciales y gastronómicos; Ñ) y en general, desarrollar toda otra actividad relacionada con el giro de la sociedad que se constituye por este instrumento, y que acuerden los socios, sea dentro del territorio nacional o en el extranjero. Todas las actividades que constituyen el objeto social pueden efectuarse por cuenta propia o ajena, ya sea directamente o a través de terceros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCONSUELO CECILIA GONZALEZ ASCUI Abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaría de la Comuna de San Vicente, con oficio en esta ciudad, calle Exequiel Gonzalez número doscientos sesenta y ocho – B, CERTIFICA: Por escritura publica hoy ante mí, señora; BLANCA ESTER VILLASECA CORNEJO, chilena, soltera, comerciante, cedula de identidad 8.034.185-7, domiciliada en Avenida Circunvalación 1021, Los Naranjos, Comuna de San Vicente de Tagua Tagua; constituye sociedad por acciones la que se regirá por las estipulaciones contenidas en los estatutos contenido en el presente instrumento y en lo que no esté previsto en ellos, por las normas pertinentes del Código de Comercio, en particular sus artículos cuatrocientos veinticuatro a cuatrocientos cuarenta y seis introducido por el artículo diecisiete transitorio de la Ley número veinte mil ciento noventa de cinco de Junio de dos mil siete y, supletoriamente por las disposiciones de la ley número dieciocho mil cuarenta y seis y su reglamento.- NOMBRE: “INVERSIONES VILLASECA SpA.”.- OBJETO: El objeto de la sociedad es la realización por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, de las siguientes actividades: A) La creación de todo tipo de empresas mobiliarias y realización de proyectos, actividades, y negocios ya sean comerciales, industriales, forestales, turísticos, comunicacionales y de marketing, inmobiliarios, de construcción, transporte, servicios y asesorías, importación y exportación, de distribución por cuenta propia o ajena de todo tipo de productos, bienes muebles o raíces de cualquiera naturaleza, materiales, artículos, subproductos o bienes de cualquier naturaleza y origen que sea, asumiendo el carácter de representante, mandatario, consignatario o distribuidor o cualquier otra forma; B) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, valores mobiliarios, bienes corporales e incorporales; C) La explotación y administración de restaurantes, Pubs, Discoteque, cafeterías, mini mercados y en general, cualquier establecimiento y/o almacén destinado a la compra, venta, distribución, importación, exportación, comercialización, elaboración de todo tipo de alimentos, frescos, procesados, secos, envasados y de productos o accesorios para repostería y gastronomía; D) La importación, compra, venta, comercialización y arrendamiento de maquinaria gastronómica; E) La importación, compra, venta, comercialización de productos y subproductos gastronómicos; F) Participar en procesos de licitaciones públicas, ofrecidas por organismos del Estado, de su administración, autónoma, descentralizada o Municipales; adjudicarse y ejecutar los proyectos a que dichas licitaciones se refieran, por si o por terceras personas naturales o jurídicas; G) Ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con el objeto social, sea directa o participando en otras empresas o sociedades, sea como gestora, socia o accionista; H) Importar, exportar, comprar, vender, fabricar, distribuir y comercializar cualquier clase de bienes, productos, materias primas, maquinarias o mercaderías; I) La exportación, importación, distribución, comercialización de todo tipo de bienes corporales, por cuenta propia o ajena; J) La adquisición o arrendamiento de los bienes muebles e inmuebles que sean necesarios para la consecución de los fines de la sociedad; K) La Prestación de Servicios gastronómicos y de banqueteria; L) La creación y explotación de establecimientos de comida rápida y/o al paso, bar y fuentes de soda; LL) Servicio de Comida Móvil, delivery y similares; M) actividades de restaurantes y servicios móviles de comida; N) La organización y/o ejecución de todo tipo de eventos y servicios comerciales y gastronómicos; Ñ) y en general, desarrollar toda otra actividad relacionada con el giro de la sociedad que se constituye por este instrumento, y que acuerden los socios, sea dentro del territorio nacional o en el extranjero. Todas las actividades que constituyen el objeto social pueden efectuarse por cuenta propia o ajena, ya sea directamente o a través de terceros.- CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $15.000.000, dividido en 1500 acciones ordinarias, nominativas, iguales, de una misma serie y sin valor nominal, que suscribe la compareciente, y que se encuentra completamente pagado, y enterado en la caja social.- ADMINISTRACION, y uso de razón social corresponderá a doña BLANCA ESTER VILLASECA CORNEJO, amplias facultades conforme al artículo duodécimo del estatuto social.- PLAZO: indefinido a contar de la fecha de esta escritura.- DOMICILIO: La ciudad de San Vicente de Tagua Tagua, Sexta Región del Libertador Bernardo O’Higgins, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que los socios acordaren establecer en otros puntos del país o del extranjero.- Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad.- Demás estipulaciones escritura extractada.- San Vicente, 07 de Enero de 2022.-