MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES RÍO BAMBA LIMITADA

RUT 79654590-9 CVE 2071343
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2021
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
Trigésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Duración
Hasta el 31 de diciembre del año 2040. Plazo prorrogable automática, tácita y sucesivamente, por períodos de 5 años, salvo voluntad contraria de cualquiera de los socios por escritura pública con anticipación 6 meses, anotada margen inscripción social

Objeto social

La sociedad tiene por objeto la inversión pasiva en todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, en especial en acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos o de inversión, pagarés, títulos de crédito o de deuda y valores mobiliarios en general, y la administración, explotación, percepción de los frutos y enajenación de los bienes y derechos que adquiera

Administración

Directorio de 4 miembros, investido de todos los poderes de administración de la sociedad, señalados en la escritura extractada. 1. Elección: Los miembros del directorio serán designados por el socio Gastón Cruzat Larraín, pudiendo ser director cualquiera de los socios, incluyendo el socio que designe a los directores. La designación de los directores se efectuará por escritura pública otorgada por el socio que lo designe, la cual deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio y producirá efectos respecto de terceros, una vez practicada la anotación marginal respectiva. Durante el período de tiempo en que (i) los socios no hayan designado a los directores o a sus reemplazantes, o (ii) si habiendo cesado el directorio en sus funciones por cualquier causa, no pudiere reunir quórum suficiente para adoptar acuerdos válidos y no se nombrare a sus reemplazantes, la administración y el uso de la razón social de la sociedad pasará de pleno derecho y automáticamente al socio Gastón Cruzat Larraín, sin necesidad de acreditar ninguna de tales circunstancias a terceros. El directorio reasumirá de pleno derecho la administración y el uso de la razón social toda vez que esté constituido y en condiciones de reunir el quórum necesario para adoptar acuerdos válidos de conformidad a sus estatutos. 2. Integrantes: El primer directorio de la sociedad estará compuesto por Gastón Cruzat Larraín, Francisca Cruzat Grand, Josefina Cruzat Grand y Tomás Cruzat Grand, designados por Gastón Cruzat Larraín. Esta primera designación del directorio no es necesario anotarla al margen de la inscripción del extracto social, bastando para su oponibilidad a terceros la circunstancia de consignarse los nombres de los directores en el extracto social que se publique e inscriba. 3. Normas sobre requisitos para ser director, cesación en el cargo de los directores, adopción de acuerdos, constan en escritura que se extracta

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, Huérfanos N° 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2021, ante mí, Gastón Cruzat Larraín, Francisca Cruzat Grand, Josefina Cruzat Grand y Tomás Cruzat Grand; todos los anteriores domiciliados para estos efectos en esta ciudad, Av. Santa María N° 5.870, oficina 25, comuna de Vitacura, Santiago, y únicos socios de INVERSIONES RÍO BAMBA LIMITADA, acordaron: (A) Modificar la administración de la sociedad, en el sentido de quede radicada en un directorio, compuesto de 4 miembros, investido de todos los poderes de administración de la sociedad, señalados en la escritura extractada. 1. Elección: Los miembros del directorio serán designados por el socio Gastón Cruzat Larraín, pudiendo ser director cualquiera de los socios, incluyendo el socio que designe a los directores. La designación de los directores se efectuará por escritura pública otorgada por el socio que lo designe, la cual deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio y producirá efectos respecto de terceros, una vez practicada la anotación marginal respectiva. Durante el período de tiempo en que (i) los socios no hayan designado a los directores o a sus reemplazantes, o (ii) si habiendo cesado el directorio en sus funciones por cualquier causa, no pudiere reunir quórum suficiente para adoptar acuerdos válidos y no se nombrare a sus reemplazantes, la administración y el uso de la razón social de la sociedad pasará de pleno derecho y automáticamente al socio Gastón Cruzat Larraín, sin necesidad de acreditar ninguna de tales circunstancias a terceros. El directorio reasumirá de pleno derecho la administración y el uso de la razón social toda vez que esté constituido y en condiciones de reunir el quórum necesario para adoptar acuerdos válidos de conformidad a sus estatutos. 2. Integrantes: El primer directorio de la sociedad estará compuesto por Gastón Cruzat Larraín, Francisca Cruzat Grand, Josefina Cruzat Grand y Tomás Cruzat Grand, designados por Gastón Cruzat Larraín. Esta primera designación del directorio no es necesario anotarla al margen de la inscripción del extracto social, bastando para su oponibilidad a terceros la circunstancia de consignarse los nombres de los directores en el extracto social que se publique e inscriba. 3. Normas sobre requisitos para ser director, cesación en el cargo de los directores, adopción de acuerdos, constan en escritura que se extracta. Para lo anterior, los actuales y únicos socios sustituyeron la cláusula tercera de los estatutos sociales e incorporaron un artículo transitorio. (B) Dictar texto refundido de los estatutos sociales. Razón social: INVERSIONES RÍO BAMBA LIMITADA. Administración: Directorio de 4 miembros, investido de todos los poderes de administración de la sociedad, señalados en la escritura extractada. 1. Elección: Los miembros del directorio serán designados por el socio Gastón Cruzat Larraín, pudiendo ser director cualquiera de los socios, incluyendo el socio que designe a los directores. La designación de los directores se efectuará por escritura pública otorgada por el socio que lo designe, la cual deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio y producirá efectos respecto de terceros, una vez practicada la anotación marginal respectiva. Durante el período de tiempo en que (i) los socios no hayan designado a los directores o a sus reemplazantes, o (ii) si habiendo cesado el directorio en sus funciones por cualquier causa, no pudiere reunir quórum suficiente para adoptar acuerdos válidos y no se nombrare a sus reemplazantes, la administración y el uso de la razón social de la sociedad pasará de pleno derecho y automáticamente al socio Gastón Cruzat Larraín, sin necesidad de acreditar ninguna de tales circunstancias a terceros. El directorio reasumirá de pleno derecho la administración y el uso de la razón social toda vez que esté constituido y en condiciones de reunir el quórum necesario para adoptar acuerdos válidos de conformidad a sus estatutos. 2. Integrantes: El primer directorio de la sociedad estará compuesto por Gastón Cruzat Larraín, Francisca Cruzat Grand, Josefina Cruzat Grand y Tomás Cruzat Grand, designados por Gastón Cruzat Larraín. Esta primera designación del directorio no es necesario anotarla al margen de la inscripción del extracto social, bastando para su oponibilidad a terceros la circunstancia de consignarse los nombres de los directores en el extracto social que se publique e inscriba. 3. Normas sobre requisitos para ser director, cesación en el cargo de los directores, adopción de acuerdos, constan en escritura que se extracta. Capital: $2.000.000.-, aportado y enterado íntegramente por los socios en la siguiente forma: (a) Gastón Cruzat Larraín, $1.700.000.- en dinero efectivo, equivalente aproximadamente a un 85% del capital social; (b) Francisca Cruzat Grand, $100.000.- en dinero efectivo, equivalente aproximadamente a un 5% del capital social; (c) Josefina Cruzat Grand, $100.000.- en dinero efectivo, equivalente aproximadamente a un 5% del capital social; y (d) Tomás Cruzat Grand, $100.000.- en dinero efectivo, equivalente aproximadamente a un 5% del capital social. Objeto: La sociedad tiene por objeto la inversión pasiva en todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, en especial en acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos o de inversión, pagarés, títulos de crédito o de deuda y valores mobiliarios en general, y la administración, explotación, percepción de los frutos y enajenación de los bienes y derechos que adquiera. Duración: Hasta el 31 de diciembre del año 2040. Plazo prorrogable automática, tácita y sucesivamente, por períodos de 5 años, salvo voluntad contraria de cualquiera de los socios por escritura pública con anticipación 6 meses, anotada margen inscripción social. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Iván Torrealba Acevedo, Notario Público Titular. Santiago, 10 de enero de 2022.