Instrumento
- Fecha
- 10 de enero de 2022
- Repertorio
- 30260/2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago
Objeto social
a) La prestación de servicios y transferencia, por cuenta propia o ajena, sin limitación alguna, de todo tipo de tecnología relacionada con la industria de la computación y la información a empresas o corporaciones públicas o privadas, chilenas o extranjeras, con o sin fines de lucro; b) la adquisición y enajenación de todo tipo de bienes, sean muebles o inmuebles, en dominio, usufructo, fideicomiso o cualquier otra modalidad, su venta, arriendo o permuta, la adquisición de derechos y)o acciones en todo tipo de sociedades, sin importar el objeto social ni naturaleza de las mismas, y de capitales mobiliarios, asumiendo en ellas todas las facultades que le corresponda en su calidad de accionistas, socio o administrador en su caso, y, en general, cualquier otra actividad que se relacione directa o indirectamente con el objeto social y así lo acuerden los accionistas; c) la prestación de servicios, en Chile o en el extranjero, de tecnología relacionada con la industria de la computación y la información; d) la consultoría e inversión en todo tipo de entidades, tales como ONGs, sociedades, organizaciones sin fines de lucro o cualquier otro tipo de organización chilena o extranjera relacionada con la gestión, desarrollo, estructuración y)o la obtención de financiamiento; e) Efectuar toda clase de actos jurídicos, contratos y operaciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Para tales fines, la sociedad tendrá plena capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones, y ejecutar los actos siempre que no estén prohibidos por las leyes
Administración
La representación, administración y uso de la razón social será ejercida por uno o más administradores, sean estos personas naturales o jurídicas, designadas por los accionistas mediante escritura pública donde concurran todos los accionistas o por junta de accionistas protocolizada o reducida a escritura pública. El o los administradores durarán indefinidamente en sus cargos, mientras la Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier tiempo y podrá afectar a todos los administradores o solo a uno o más de ellos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción sesenta y cinco, comuna de Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha veintisiete de diciembre del año dos mil veintiuno, repertorio N° 30.260/ 2021, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz,, ANA SOFÍA RAMÍREZ CALVO, JOSEFINA CARDONE MATTE y CAROLINA PAZ ARCE CHAMACA, constituyeron sociedad por acciones, de cuyo texto extracto lo siguiente. Razón social: Impactus Ventures SpA, pudiendo también utilizar para todos los efectos legales, incluyendo las actuaciones ante bancos, el nombre de fantasía “Impactus SpA”. Objeto: a) La prestación de servicios y transferencia, por cuenta propia o ajena, sin limitación alguna, de todo tipo de tecnología relacionada con la industria de la computación y la información a empresas o corporaciones públicas o privadas, chilenas o extranjeras, con o sin fines de lucro; b) la adquisición y enajenación de todo tipo de bienes, sean muebles o inmuebles, en dominio, usufructo, fideicomiso o cualquier otra modalidad, su venta, arriendo o permuta, la adquisición de derechos y/o acciones en todo tipo de sociedades, sin importar el objeto social ni naturaleza de las mismas, y de capitales mobiliarios, asumiendo en ellas todas las facultades que le corresponda en su calidad de accionistas, socio o administrador en su caso, y, en general, cualquier otra actividad que se relacione directa o indirectamente con el objeto social y así lo acuerden los accionistas; c) la prestación de servicios, en Chile o en el extranjero, de tecnología relacionada con la industria de la computación y la información; d) la consultoría e inversión en todo tipo de entidades, tales como ONGs, sociedades, organizaciones sin fines de lucro o cualquier otro tipo de organización chilena o extranjera relacionada con la gestión, desarrollo, estructuración y/o la obtención de financiamiento; e) Efectuar toda clase de actos jurídicos, contratos y operaciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Para tales fines, la sociedad tendrá plena capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones, y ejecutar los actos siempre que no estén prohibidos por las leyes. Administración: La representación, administración y uso de la razón social será ejercida por uno o más administradores, sean estos personas naturales o jurídicas, designadas por los accionistas mediante escritura pública donde concurran todos los accionistas o por junta de accionistas protocolizada o reducida a escritura pública. El o los administradores durarán indefinidamente en sus cargos, mientras la Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier tiempo y podrá afectar a todos los administradores o solo a uno o más de ellos. Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que la sociedad pueda establecer, tanto en Chile, como en el extranjero. Capital: El capital de la sociedad asciende a novecientos mil pesos, dividido en novecientas acciones, nominativas, de una única serie, ordinarias y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por las accionistas. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 10 de enero de 2022.