CONSTRUCTORA LARRAÍN DOMÍNGUEZ SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2021
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- 40ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $536.098.258 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público titular 40ª Notaria de Santiago, Teatinos Nº332, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2021, bajo el repertorio número 7882/2021, ante mí, don Francisco Javier Domínguez Larraín, don José Pedro Domínguez Larraín, y las sociedades Inversiones y Asesorías Alerce Spa e Inversiones y Asesorías Domvalle SpA, ambas debidamente representadas, en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad “CONSTRUCTORA LARRAÍN DOMÍNGUEZ SpA”, inscrita a fojas 48.018, número 34.217 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2005, en adelante la “Sociedad”, acordaron: Uno. Aumentar el capital de la Sociedad de la suma de $536.098.258, dividido en 536.098 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una, y sin valor nominal, a la suma de $1.036.098.258, dividido en 1.036.098 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una, y sin valor nominal, suscritas y pagadas en la siguiente forma y proporción: a) La sociedad Inversiones y Asesorías Alerce SpA, suscribe en este acto la cantidad de 300.000 acciones, por la suma de $300.000.000, que paga en este acto al contado; y, b) La sociedad Inversiones y Asesorías Domvalle SpA, suscribe en este acto la cantidad de 200.000 acciones, por la suma de $200.000.000, que paga en este acto al contado. Dos. En virtud de dicho aumento, se acuerda reemplazar íntegramente el Artículo Quinto y Primero Transitorio en el sentido de que el capital de la Sociedad es la suma de $1.036.098.258, dividido en 1.036.098 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una, y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de copia autorizada de este extracto para legalización. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 21 de diciembre de 2021.