MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOL DEL MAR SpA

RUT 76474376-8 CVE 2070233
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
22 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de diciembre de 2021
Repertorio
19552/2021
Notario
ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
Oficio
48° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Inkia Nehuén SpA socio 76254023-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 22 de diciembre de 2021 otorgada ante Gustavo Montero Marti, Notario Público Suplente de esta Notaría, bajo repertorio N°19.552/2021, Inkia Nehuén SpA, Rol Único Tributario N°76.254.023-1, domiciliado para estos efectos en Cerro El Plomo N°5680, oficina 1501, Las Condes, Santiago, en su calidad de único accionista de SOL DEL MAR SpA (la “Sociedad”), sociedad inscrita a fojas 44.679, número 26.335 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2015, acordó aumentar el capital social, de la suma de USD$1.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias y nominativas, de una única serie, de igual valor y sin valor nominal, a la suma de USD$1.011.244,78, dividido en USD$1.011.245 acciones ordinarias y nominativas, de una única serie, de igual valor y sin valor nominal, esto es, en la suma de USD$1.010.244,78, mediante la emisión de 1.010.245 acciones ordinarias y nominativas, de una única serie, de igual valor y sin valor nominal. Como consecuencia de lo anterior se reemplazaron los Artículos Quinto y Primero Transitorio por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es el importe de un millón once mil doscientos cuarenta y cuatro dólares de los Estados Unidos de América con setenta y ocho centavos, dividido en un millón once mil doscientos cuarenta y cinco acciones ordinarias y nominativas, de una única serie, de igual valor y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Las acciones podrán pagarse en dinero, en efectivo o en otros bienes. El o los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad.” y “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad, ascendente a un millón once mil doscientos cuarenta y cuatro dólares de los Estados Unidos de América con setenta y ocho centavos, dividido en un millón once mil doscientos cuarenta y cinco acciones ordinarias y nominativas, de una única serie, de igual valor y sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha”. En todo lo no modificado por la escritura extractada permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público Titular, 48° Notaría de Santiago. Santiago, 3 de enero de 2022.