Instrumento
- Fecha
- 6 de enero de 2022
- Notario
- EDWIN RIFFO GONZALEZ
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $15.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad y comuna de Iquique
- Duración
- Indefinida
Objeto social
A) La explotación del mercado de remesas; B) La transferencia internacional de dinero desde Chile; C) La prestación de servicios comerciales e industriales; D) La realización de todas o algunas de las operaciones que el Decreto Ley Mil cincuenta y cinco y sus modificaciones permite a los usuarios de zonas francas; E) La inversión de dineros y)o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; F) La inversión de dineros y)o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; G) la administración de las mismas inversiones; H) La percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; I) La realización de cualquier otra actividad complementaria o conexa con las señaladas en las letras anteriores; J) Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá asociarse en participación, efectuar inversiones en cooperativas o sociedad de cualquier naturaleza u
Administración
será ejercida por doña DIANA MACAKARENA POBLETE ALDAY, quien podrá actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDWIN RIFFO GONZALEZ, Notario Público Iquique, Suplente del Titular don NESTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICA: Por escritura pública hoy ante mi: DIANA MACKARENA POBLETE ALDAY, Calle Santa Rosa número tres mil quinientos setenta y cuatro comuna de Alto Hospicio, constituye sociedad por acciones: Nombre: “LUNALU Y CIA SpA O LUNALU SpA”. Domicilio: Ciudad y comuna de Iquique. Objeto: A) La explotación del mercado de remesas; B) La transferencia internacional de dinero desde Chile; C) La prestación de servicios comerciales e industriales; D) La realización de todas o algunas de las operaciones que el Decreto Ley Mil cincuenta y cinco y sus modificaciones permite a los usuarios de zonas francas; E) La inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; F) La inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; G) la administración de las mismas inversiones; H) La percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; I) La realización de cualquier otra actividad complementaria o conexa con las señaladas en las letras anteriores; J) Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá asociarse en participación, efectuar inversiones en cooperativas o sociedad de cualquier naturaleza u objeto.- Capital: $15.000.000 (quince millones de pesos) dividido y representado en cien acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, Duración: periodo indefinido, Administración: será ejercida por doña DIANA MACAKARENA POBLETE ALDAY, quien podrá actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura social.- Iquique, 06 de Enero de 2022.