CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

LA PAILONA SpA

CVE 2070792
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de enero de 2022

Instrumento

Fecha
6 de enero de 2022
Repertorio
179-2022
Notario
MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
Domicilio
Titular 5ª Not. Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto i) prestar asesorías y consultorías de cualquier naturaleza, particularmente jurídicas, legales, estratégicas, de opinión y de administración de negocios en general; ii) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, derechos o participaciones en toda clases de sociedades, bonos, derechos, facturas y efectos de comercio en general, cualquier clase de valores mobiliarios, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos, constituir garantías sobre ellos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; y iii) en general, ejecutar directamente o a través de sus filiales, toda clase de actos y celebrar todos los contratos relacionados con las actividades señaladas que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su

Administración

La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a Juan Pablo Cabezón Otero, el que podrá actuar por sí o por intermedio de uno o más mandatarios que designe especialmente para este efecto mediante escritura pública de la que deberá tomarse razón al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo. En el artículo segundo transitorio de los estatutos de la sociedad el accionista administrador de la sociedad designó a Camila Sibisa Rivadeneira para que ejerza todas y cada una de las facultades y atribuciones señaladas en el numeral /Uno/ del artículo décimo de los estatutos de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular 5ª Not. Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique 30, of. 32, Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 06 de enero de 2022, Repertorio N°179-2022, ante mí, Juan Pablo Cabezón Otero y Camila Sibisa Rivadeneira, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: “LA PAILONA SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto i) prestar asesorías y consultorías de cualquier naturaleza, particularmente jurídicas, legales, estratégicas, de opinión y de administración de negocios en general; ii) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, derechos o participaciones en toda clases de sociedades, bonos, derechos, facturas y efectos de comercio en general, cualquier clase de valores mobiliarios, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos, constituir garantías sobre ellos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; y iii) en general, ejecutar directamente o a través de sus filiales, toda clase de actos y celebrar todos los contratos relacionados con las actividades señaladas que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro. Capital: $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones de una serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas por los accionistas y que serán pagadas en dinero efectivo u otros bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de la escritura. Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a Juan Pablo Cabezón Otero, el que podrá actuar por sí o por intermedio de uno o más mandatarios que designe especialmente para este efecto mediante escritura pública de la que deberá tomarse razón al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo. En el artículo segundo transitorio de los estatutos de la sociedad el accionista administrador de la sociedad designó a Camila Sibisa Rivadeneira para que ejerza todas y cada una de las facultades y atribuciones señaladas en el numeral /Uno/ del artículo décimo de los estatutos de la sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 10 de enero de 2022.- M. V. Wielandt C. N. S.