Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 60915-2021
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
- a) El domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros lugares, dentro o fuera del país.- b) La duración de la Sociedad será indefinida.-: c) El
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la 42º Notaría de Santiago, Agustinas 1070, 2º piso, Santiago, Región Metropolitana, certifico: Que por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2021, bajo el Repertorio Nº 60.915-2021, otorgada ante mí, don CRISTIAN ANDRES DE PABLO FANTUZZI, chileno, casado, licenciado en artes, domiciliado en calle Asturias N° 280 piso 11, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Uno/ NOMBRE Y NORMAS APLICABLES: “EMBALSE LA PALOMA SpA”, la que se regirá por sus estatutos contenidos en la escritura que extracto y por los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio. En silencio del estatuto social y de las disposiciones legales que regulan las sociedades por acciones, y siempre que no se contraponga con la naturaleza de este tipo de sociedades, la sociedad se regirá por las normas de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas y su reglamento; Dos/ DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO.- a) El domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros lugares, dentro o fuera del país.- b) La duración de la Sociedad será indefinida.-: c) El Objeto: i) efectuar inversiones de cualquier naturaleza tanto en Chile como en el exterior, en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, pudiendo comprar, vender, liquidar o conservar tales inversiones; ii) tomar interés o participar como aportante, socio o accionista en fondos de inversión, asociaciones, empresas o sociedades de cualquier naturaleza, chilenas o extranjeras; iii) crear, financiar, prometer y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; iv) percibir e invertir los frutos de las inversiones; v) asumir presentaciones, agencias, comisiones y mandatos; vi) participar en todo tipo de proyectos de inversión, fondos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones, cualquiera sea el objetivo de las mismas; vii) prestar, en general, toda clase de asesorías, sin limitación alguna, y en especial, asesorías y servicios de apoyo administrativo, operacional, de desarrollo de estrategias de negocio, financieras, legales, y de gobierno corporativo; y viii/ celebrar cualquier acto o contrato y desarrollar cualquier actividad relacionada, directa o indirectamente, con los objetivos anteriores.- Tres/ CAPITAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, el cual se paga en la forma prevista en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos que extracto. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 06 de enero de 2022.