Instrumento
- Fecha
- 6 de enero de 2022
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Ramón
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de diez años, contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la importación y exportación, producción y elaboración como también la comercialización de todo tipo de productos propios de panadería, pastelería y confites, como así también de otros productos como té, café e infusiones en general; b) la importación y exportación, distribución, producción y elaboración como también la comercialización en general, de todo tipo de bebidas alcohólicas y no alcohólicas; c) la importación y exportación, distribución, producción y elaboración como también la comercialización en general, de todo tipo de libros, artículos de papelería y escritorio, antigüedades, artesanías y revistas; d) la importación y exportación, distribución, producción y elaboración como también la comercialización en general de instrumentos musicales; e) la importación y exportación, distribución, producción y elaboración como también la comercialización en general de productos de decoración e interior como muebles, tapices, cuadros, cubrimientos de paredes, alfombras y demás asociados; f) la sociedad, podrá dedicarse a todo tipo de actividad y producción, como comercialización en general de todo tipo de alimentos y platos preparados envasados y no envasados con rotulación e información nutricional como así también importar y exportar, distribuir, producir y en general comercializar todo tipo de alimentos; g) la realización, explotación y desarrollo de distintas actividades propias de hotelería, restaurant, bares y delivery en general, como también de actividades culturares ya sea en locales propios o ajenos; h) la importación y exportación, distribución, producción y elaboración como también la comercialización en general de flores, semillas y plantas en general y; i) la importación y exportación, distribución, producción y elaboración como también la comercialización en general de diversos tipos de textiles, prendas de vestir, calzado, artículos de perfumería, tocador y cosméticos. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don JOSÉ JOAQUÍN CUADRA MONTT quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con todas las facultades otorgadas en los estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público de San Ramón, con asiento y oficio en Av. Santa Rosa N°7.955, Comuna de San Ramón, certifica: Por escritura pública, otorgada con fecha 6 de enero de 2022, ante mí, JOSÉ JOAQUÍN CUADRA MONTT, domiciliado en calle Callao 3.464, departamento 1101, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y ALVARO ANDRÉS CUADRA LIZANA, domiciliado en calle Tutuquén 1.116, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Nombre: El nombre o razón social será “TUTUQUÉN LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “TUTUQUÉN LTDA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la importación y exportación, producción y elaboración como también la comercialización de todo tipo de productos propios de panadería, pastelería y confites, como así también de otros productos como té, café e infusiones en general; b) la importación y exportación, distribución, producción y elaboración como también la comercialización en general, de todo tipo de bebidas alcohólicas y no alcohólicas; c) la importación y exportación, distribución, producción y elaboración como también la comercialización en general, de todo tipo de libros, artículos de papelería y escritorio, antigüedades, artesanías y revistas; d) la importación y exportación, distribución, producción y elaboración como también la comercialización en general de instrumentos musicales; e) la importación y exportación, distribución, producción y elaboración como también la comercialización en general de productos de decoración e interior como muebles, tapices, cuadros, cubrimientos de paredes, alfombras y demás asociados; f) la sociedad, podrá dedicarse a todo tipo de actividad y producción, como comercialización en general de todo tipo de alimentos y platos preparados envasados y no envasados con rotulación e información nutricional como así también importar y exportar, distribuir, producir y en general comercializar todo tipo de alimentos; g) la realización, explotación y desarrollo de distintas actividades propias de hotelería, restaurant, bares y delivery en general, como también de actividades culturares ya sea en locales propios o ajenos; h) la importación y exportación, distribución, producción y elaboración como también la comercialización en general de flores, semillas y plantas en general y; i) la importación y exportación, distribución, producción y elaboración como también la comercialización en general de diversos tipos de textiles, prendas de vestir, calzado, artículos de perfumería, tocador y cosméticos. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000 que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don JOSÉ JOAQUÍN CUADRA MONTT, aporta la suma de $500.000, correspondientes al 50% del capital social, los cuales aportará con dinero en efectivo o en especies dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha, y que se reajustará según la variación que experimente el índice de precios del consumidor entre ésta fecha y la fecha del aporte efectivo de dicho monto; b) don ALVARO ANDRÉS CUADRA LIZANA, aporta la suma de $500.000, correspondientes al 50% del capital social, los cuales aportará con dinero en efectivo o en especies dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha, y que se reajustará según la variación que experimente el índice de precios del consumidor entre ésta fecha y la fecha del aporte efectivo de dicho monto. Duración: La sociedad tendrá una duración de diez años, contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don JOSÉ JOAQUÍN CUADRA MONTT quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con todas las facultades otorgadas en los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. 6 de enero de 2022. M. Medina. R. Notario Público.