INVERSIONES EL LLEUQUE DOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 36718-2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.603.130 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana. c)
Objeto social
El objeto de la sociedad será: (i) inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos en sociedades, instrumentos financieros tales como depósitos, bonos, pagarés, letras hipotecarias y cualquier otro tipo de valores o efectos de comercio, pudiendo realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines; (ii) la prestación de servicios de asesoría y gestión gerencial, comercial, financiera, inmobiliaria y administrativa a empresas o a personas naturales, chilenas o extranjeras. d)
Administración
Claudia Urbina Cantarero y Sonia Cantarero Mogollones, actuando individual e indistintamente, con amplias facultades de administración y disposición. En todo lo no modificado, permanecen plenamente vigentes las
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: que, por escritura pública de fecha 15 de diciembre de 2021, Repertorio N°36.718-2021, ante mí; don Reynaldo Rubén Urbina Abraham, debidamente representado, doña Claudia Urbina Cantarero, doña Sonia Cantarero Mogollones e Inversiones Cirrus SpA, debidamente representada, todos los anteriores en calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad “INVERSIONES EL LLEUQUE DOS SpA”, conforme al Registro de Accionistas que he tenido a la vista, acordaron modificar los estatutos de la sociedad inscrita a fojas 2.234 número 1.527 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012 (en adelante, la “Sociedad”), conforme a lo siguiente: Uno. División. Los accionistas acordaron dividir la Sociedad en dos sociedades por acciones, subsistiendo, por un lado, la sociedad Inversiones El Lleuque Dos SpA, que será la continuadora y seguirá con su mismo giro, razón social y RUT actual, e “Inversiones Queulat SpA”, sociedad por acciones que se crea producto de la división. Dos. Disminución de Capital. Con motivo de la división, los accionistas acordaron disminuir el capital de la Sociedad de $3.603.130.- dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, a la suma de $1.463.766.-, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios íntegramente suscrito y pagado. Tres. Modificación de Estatutos. Como consecuencia de los acuerdos anteriores, los accionistas de la Sociedad reemplazaron los Artículos Tercero Permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales, dando cuenta de lo anterior. Cuatro. Aprobación de Estatutos. Los accionistas aprobaron los estatutos de la sociedad que nace producto de la división: “ESTATUTOS INVERSIONES QUEULAT SpA”: a) Nombre o Razón Social: “Inversiones Queulat SpA”. b) Domicilio: Santiago, Región Metropolitana. c) Objeto. El objeto de la sociedad será: (i) inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos en sociedades, instrumentos financieros tales como depósitos, bonos, pagarés, letras hipotecarias y cualquier otro tipo de valores o efectos de comercio, pudiendo realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines; (ii) la prestación de servicios de asesoría y gestión gerencial, comercial, financiera, inmobiliaria y administrativa a empresas o a personas naturales, chilenas o extranjeras. d) Capital Social: $2.139.364.- dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, íntegramente suscrito y pagado. e) Administración: Claudia Urbina Cantarero y Sonia Cantarero Mogollones, actuando individual e indistintamente, con amplias facultades de administración y disposición. En todo lo no modificado, permanecen plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 3 de enero de 2022.