CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

TROLA SpA

RUT 8458858-K CVE 2069184
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2021
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Objeto social

A) La prestación de todo tipo de asesorías y consultorías en el desarrollo y gestión de proyectos sociales; diseño y producción de productos textiles para el hogar, vestuario y objetos artesanales. B) La prestación de todo tipo de asesorías y consultorías a empresas, personas naturales, jurídicas y organizaciones sin fines de lucro, en materias profesionales relacionadas a la arquitectura, construcción, educación, pedagogía, a las artes y cultura, medio ambiente, tecnología y

Administración

C) La inversión del capital y fondos sociales, inversión por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes, muebles, incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, depósitos a plazo, derechos en todo tipo de sociedades ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Podrá también, adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes, en especial bienes raíces, urbanos y agrícolas, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; administrar por cuenta propia o ajena tales inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y en general, realizar todos los actos y contratos que digan relación con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con Oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, Comuna de Providencia, Santiago, Certifica: Por escritura suscrita 30 de diciembre de 2021 ante mí suplente Maria Jose Bravo Cruz, Ignacio Troncoso Keymer, arquitecto, cédula de identidad número 8.458.858-K y Claudia Verónica Lagos Ávila, diseñadora textil, cédula de identidad número 8.438.973-0, ambos domiciliados en calle El Almendro Poniente 500, casa C, comuna de Huechuraba, constituyeron sociedad por acciones. Razón Social: “TROLA SpA”. Objeto: A) La prestación de todo tipo de asesorías y consultorías en el desarrollo y gestión de proyectos sociales; diseño y producción de productos textiles para el hogar, vestuario y objetos artesanales. B) La prestación de todo tipo de asesorías y consultorías a empresas, personas naturales, jurídicas y organizaciones sin fines de lucro, en materias profesionales relacionadas a la arquitectura, construcción, educación, pedagogía, a las artes y cultura, medio ambiente, tecnología y administración. C) La inversión del capital y fondos sociales, inversión por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes, muebles, incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, depósitos a plazo, derechos en todo tipo de sociedades ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Podrá también, adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes, en especial bienes raíces, urbanos y agrícolas, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; administrar por cuenta propia o ajena tales inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y en general, realizar todos los actos y contratos que digan relación con el objeto social. Capital: $5.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución de la siguiente manera: Ignacio Troncoso Keymer suscribió 500 acciones y pagó la suma de $2.500.000 ingresados a la caja social. Claudia Verónica Lagos Ávila suscribió 500 acciones y pagó la suma de $2.500.000 ingresados a la caja social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 05 de enero 2022.