Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2021
- Notario
- Juan Ricardo San Martin Urrejola
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martin Urrejola, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 29 de diciembre de 2021, Inversiones y Asesorías Las Roccas SpA e Inversiones Maga Roccas SpA, constituyeron sociedad por acciones. Nombre: “Inversiones Usmaga SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: (i) la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles o inmuebles, como derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; (ii) administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, nacionales o extranjeras, de cualquier tipo o naturaleza jurídica, modificarlas, y asumir la administración de las mismas, cualquiera que sea su giro; (iii) la compra, venta, cesión e inversión, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de instrumentos comerciales, financieros, títulos o valores mobiliarios y, en general, en toda clase de títulos de créditos representativos de dineros o mercaderías; y, (v) en general, se entienden comprendidos dentro del giro, la celebración de todos contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución. Capital: 10.047.316 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos de la sociedad. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 6 de enero de 2022.