Capital
$90.000 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2021

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2021
Repertorio
2621

Sociedad

Capital
$90.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HÉCTOR ANDRÉS CARRASCO SANHUEZA, Abogado, NotarioPúblico Titular de la primera notaria de Coquimbo, con domicilio en MelgarejoNº1044, según decreto económico número 242 de fecha 17 de diciembre del año2021 del primer juzgado de letras de este puerto, protocolizado al final delpresente registro, bajo número 1197, certifica: por Reducción de acta a EscrituraPublica de fecha 23.12.2021, de repertorio Nº2621, en que consta la sesiónextraordinaria de accionistas realizada el día 28 de septiembre del año 2021, enla Feria de Abastos la Costanera de Coquimbo S.A., domiciliada en calle MaipúNº146, ciudad de Coquimbo, siendo las 17:48 horas, se realiza el segundollamado, y se da inicio a la junta extraordinaria de accionistas, la señora presidentaprocede a dar lectura a la tabla de la reunión extraordinaria de accionistas; Uno.Resumen de Estados Societarios de FACCSA; Dos. Modificación de estatutos,Capítulo representatividad y poderes; Tres, Mutuos; Cuatro, Balance general deRenovación de contratos dos mil veintiuno; Cinco, Informe de asesor legal deFACCSA (causas y demandas). Se tratan todos los temas, en relación al segundorelativo a la modificación de los estatutos, Procede a Hablar la señoraJacqueline Milles sobre los puntos que se desean cambiar en los estatutos. Elprimer punto refiere a la representatividad y poderes, donde se quiere establecerque la asistencia a las reuniones es obligatoria y en caso de falla en una primeraocasión se hará un cobro de cinco mil pesos, al accionista y por una segunda falladiez mil pesos. Además, se desea establecer que cada accionista puedarepresentar a un máximo de tres personas más a través de poderes, con el fin defomentar la participación de las personas en las reuniones. El segundo punto paramodificar sería el artículo octavo de los estatutos, a este artículo se desea agregaren el protocolo de compra/venta de acción que el nuevo comprador tiene el deberde acercarse a administración a solicitar un certificado de NO deuda del vendedoro el accionista deberá acercarse a la administración a solicitar un certificado deque no posee deuda lo que le permitirá poder realizar la venta de su acción. Elasesor legal pasa a explicar el segundo punto que se desea modificar que es de laaplicación de multas a los accionistas que no asisten a las reuniones deaccionistas que se pensó por el directorio en la primera oportunidad de cinco milpesos y desde la segunda inasistencia de diez mil pesos. El abogado procede aleer el actual articulo treinta y uno de los estatutos sociales y luego cómo quedaríael nuevo artículo: Actual ARTICULO TRIGESIMO PRIMERO: PARTICIPACIÓN:Podrán participar en las Juntas de Accionistas y ejercer su derecho de voz y votolos titulares de acciones, la que deberán estar inscritas en el Registro deAccionistas con cinco días hábiles de anticipación a aquel en que haya decelebrarse la junta. Texto a reformar; ARTICULO TRIGESIMO PRIMERO:PARTICIPACIÓN: Podrán participar en las Juntas de Accionistas y ejercer suderecho de voz y voto los titulares de acciones, la que deberán estar inscritas enel Registro de Accionistas con cinco días hábiles de anticipación a aquel en quehaya de celebrarse la junta. Es obligatoria la asistencia de los accionistas a lasjuntas ordinarias y extraordinarias, en caso de inasistencia injustificada, se cobraráuna multa en favor de la sociedad FACCSA, que será de cinco mil pesos laprimera vez y diez mil desde la segunda falta. Se procede a realizar la votación ypor manera unánime se aprueba la modificación del artículo lo que certifica lanotaría. Procede a la lectura del segundo artículo que se desea modificar, articuloactual ARTICULO TRIGESIMO SEGUNDO: PODERES: Los accionistas podránparticipar en las Juntas de Accionistas por medio de mandatario, que podrá o noser accionista. La forma, el texto del poder y la calificación de poderes se ajustaráa lo que establece el Reglamento de Sociedades Anónimas. Luego se lee eltexto reformado; ARTÍCULO TRIGESIMO SEGUNDO: PODERES: Losaccionistas podrán hacerse representar en las Juntas de Accionistas Ordinarias oExtraordinarias, por otra persona, sea o no accionista, cuyo poder deberá cumplircon las formalidades que se expresan en el Reglamento de SociedadesAnónimas. Un accionista o tercero que comparece a las reuniones, como máximopodrá representar hasta tres accionistas independiente del número de accionesque posea ese accionista que otorgo el poder. Se procede a realizar la votación ycon cuarenta y seis accionistas a votos a favor y con el voto en contra de la señoraMarisol Milles quien representa tres acciones se aprueba la modificación delartículo lo que certifica la notaría. Luego se explica a La asamblea que se quieremodificar otro artículo de los estatutos que trata sobre la compra de venta deacciones. El artículo octavo actualmente establece ARTICULO OCTAVO.ACCIONES; (…) “En cuanto a la venta de las acciones, cualquier accionista activoo pasivo que desee vender su acción, deberá estar al día en todas las rentas,gastos comunes, contribuciones, o pagos extra programáticos, atendido que estosgastos se derivan de la acción, por tanto, se considera como una formalidad deventa encontrarse exento de deudas, además se establece que un accionista quese encuentre en un juicio activo con la sociedad no podrá llevar a cabo la venta otransferencia de su acción(es). Además, se deberá cumplir con las formalidadesestablecidas en el artículo quince del reglamento de sociedades anónimas, esdecir, toda cesión de acciones se celebrará por escritura privada firmada por elcedente y el por el cesionario ante dos testigos mayores de edad o ante notariopúblico. También podrá hacerse por escritura pública entre el cedente ycesionario.” A este artículo se le agregaría “Se tendrá que pedir enadministración un certificado de no deuda para cualquier compra/venta de acción,con el fin de evitar ventas de acciones con morosidades. Si el comprador nocumple con este paso del protocolo de venta, tendrá que asumir cualquier deudapendiente del vendedor.” Se pregunta a asamblea si aprueban este cambio y laasamblea vota que si están de acuerdo de forma unánime. Capital. El Capital dela sociedad es la suma de noventa millones de pesos ($90.000.000) dividido en312 acciones sin valor nominal, el que se suscribió, entero y pago. Otros temas norequieren mención. Demás estipulaciones en escritura publica extractada.Coquimbo 23 de diciembre del 2021.