Comercial e Inmobiliaria Roble Azul Limitada
Instrumento
- Fecha
- 15 de diciembre de 2021
- Notario
- Maria Fernanda de los Santos Ferraz
- Oficio
- Titular de la 27ª Notaría de Santiago de doña Maria Patricia Donoso Gomien
Sociedad
- Capital
- $25.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La obtención de rentas de capitales mobiliarios e inmobiliarios; b) la realización de inversiones en bienes incorporales muebles de toda índole, particularmente , a través de la compra y venta de acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; c) la realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y particularmente comprar, vender, adquirir, instalar, enajenar, explotar dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes raíces; d) Constituir, participar y tomar interés en sociedades, cualquiera sea su naturaleza y objeto; e) El estudio, asesoría, desarrollo y ejecución de todo tipo de proyectos o negocios; y f) En general, realizar todas aquellas actividades que acuerden los accionistas y que tengan relación con el
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don CRISTIÁN RODRIGO DIB MALUK, amplias facultades de administración que constan en escritura extractada. En caso que don CRISTIÁN RODRIGO DIB MALUK estuviere imposibilitado de administrar por ausencia, incapacidad o muerte, administrará doña PAULA MARGARITA DIB ROSENQVIST, con idénticas facultades
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| COMERCIAL E INMOBILIARIA ROBLE AZUL LIMITADA | socio | 76693057-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaria Fernanda de los Santos Ferraz, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 27ª Notaría de Santiago de doña Maria Patricia Donoso Gomien, con oficio en calle Orrego Luco N°053, Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 15 de diciembre de 2021, ante la Titular, CRISTIÁN RODRIGO DIB MALUK, C.I. N°7.665.335-6 y PAULA MARGARITA DIB ROSENQVIST, C.I. N°17.082.475-K; todos domiciliados en Av. Vitacura N°5790, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; modifican sociedad COMERCIAL E INMOBILIARIA ROBLE AZUL LIMITADA, RUT N°76.693.057-3 inscrita a fojas 13.211, Nº 7.401, del Registro de Comercio de Santiago del año 2017, en el siguiente sentido: Transforman la sociedad en una sociedad por acciones cuyos estatutos son: Nombre: COMERCIAL E INMOBILIARIA ROBLE AZUL SpA, nombre de fantasía ROBLE AZUL SpA.- Objeto: a) La obtención de rentas de capitales mobiliarios e inmobiliarios; b) la realización de inversiones en bienes incorporales muebles de toda índole, particularmente , a través de la compra y venta de acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; c) la realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y particularmente comprar, vender, adquirir, instalar, enajenar, explotar dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes raíces; d) Constituir, participar y tomar interés en sociedades, cualquiera sea su naturaleza y objeto; e) El estudio, asesoría, desarrollo y ejecución de todo tipo de proyectos o negocios; y f) En general, realizar todas aquellas actividades que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social.- Capital: $25.000.000.-, dividido en 25.000 acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas íntegramente por los accionistas, de la siguiente forma y proporciones: a) don CRISTIÁN RODRIGO DIB MALUK, 12.500 acciones, equivalentes al 50% del capital social; y b) doña PAULA MARGARITA DIB ROSENQVIST, 12.500 acciones, equivalentes al 50% del capital social. Administración: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don CRISTIÁN RODRIGO DIB MALUK, amplias facultades de administración que constan en escritura extractada. En caso que don CRISTIÁN RODRIGO DIB MALUK estuviere imposibilitado de administrar por ausencia, incapacidad o muerte, administrará doña PAULA MARGARITA DIB ROSENQVIST, con idénticas facultades. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 05 de enero de 2022.