SOCIEDAD DE TRANSPORTES D2R INTERNATIONAL CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de enero de 2022
- Notario
- NICOLAS ARRIETA CONCHA
- Oficio
- sexta Notaría de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNICOLAS ARRIETA CONCHA, Notario Público titular de la sexta Notaría de Antofagasta, con oficio en calle Arturo Prat Nº470, local 3, Antofagasta, certifico que: Por escritura pública de fecha 03 de enero de 2022, ante mí comparece doña CRISTIAN ANTONIO HENRÍQUEZ DÍAZ, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número 15.679.645-K, con domicilio en Avenida Balmaceda Nº2536, oficina 401, ciudad de Antofagasta, en representación socios, quien acredita su identidad con cedula indicada y expone. PRIMERO: Que, con fecha diecinueve de agosto del año dos mil veintiuno, por escritura pública otorgada ante don Nicolás Fernando Arrieta Concha, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Antofagasta, se constituyó la Sociedad por Acciones cuya razón social es “SOCIEDAD DE TRANSPORTES D2R INTERNATIONAL CHILE SPA”. El extracto de esta sociedad fue publicado en la edición número cuarenta y tres mil treinta y cinco, de fecha veintitrés de agosto del año dos mil veintiuno, del Diario Oficial de la República de Chile. Capital: 20.000.000.- SEGUNDO: Que, en el artículo cuarto transitorio de la escritura de constitución social, el socio facultó expresamente a don Cristian Antonio Henríquez Díaz, para que redacte y suscriba personalmente, sin necesidad de su intervención, toda escritura pública complementaria a los estatutos sociales, sea que se requiera para corregir errores, salvar omisiones o que por cualquier otra causa resulte necesaria para su plena validez legal. TERCERO: Que, en la escritura de constitución de la sociedad, específicamente en la individualización de quien comparece a su constitución, se estipuló lo siguiente: “comparece don REINALDO ANTONIO RODRÍGUEZ, cédula de identidad número veintisiete millones cuatrocientos treinta y un mil novecientos once guion nueve”. Por otra parte, el extracto de la escritura pública de constitución que fuere publicado según lo referido en el artículo precedente, expresa lo siguiente: “comparece don REINALDO ANTONIO RODRIGUEZ, cédula de identidad N°20.431.911-9”. CUARTO: Que el compareciente, y de conformidad a lo dispuesto en la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, viene en este acto en sanear la disconformidad existente entre la escritura de constitución de la Sociedad y su respectivo extracto, indicando que, en aquella parte del extracto donde dice lo siguiente: “comparece don REINALDO ANTONIO RODRIGUEZ, cédula de identidad N°20.431.911-9”, deberá decir “comparece don REINALDO ANTONIO RODRIGUEZ, cédula de identidad N°27.431.911-9”. QUINTO: Se deja constancia que la presente escritura de saneamiento forma parte integrante de los instrumentos saneados, quedando dichos instrumentos, en todo lo no saneado, plenamente vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Antofagasta, 03 de Enero del 2022.