MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones San Gregorio Limitada

RUT 96631390-0 CVE 2068437
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2021
Notario
María Soledad Lascar Merino
Oficio
Trigésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con domicilio en Miraflores 178, quinto piso, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2021, Repertorio, 103.665/2021, ante mí, FRANCISCO OCHAGAVÍA RUIZ-TAGLE, MARÍA DEL PILAR BALBONTÍN VICUÑA, SOCIEDAD DE INVERSIONES PIPA LIMITADA, representada por FRANCISCO DE BORJA OCHAGAVÍA BALBONTÍN, todos domiciliados para estos efectos en calle Candelaria Goyenechea número 3.900, oficina 201, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron la sociedad INVERSIONES SAN GREGORIO LIMITADA, inscrita a fojas 8.507, número 4.244 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1992 (en adelante, la “Sociedad”): i) Acuerdan disminuir el capital de la sociedad desde la suma inicial de $5.114.605.856 a la suma final de $100.000, esto es, una disminución en la suma de $5.114.505.856, que queda de la siguiente forma: Francisco Ochagavía Ruiz-Tagle suscribe y paga $30.000; María Del Pilar Balbontín Vicuña suscribe y paga $8.391; SOCIEDAD DE INVERSIONES PIPA LIMITADA suscribe y paga $61.609. Como consecuencia de la disminución de capital acordada en la cláusula precedente, los socios de la Sociedad declaran que, dentro del plazo de tres meses contado desde la fecha del presente instrumento, la Sociedad pagará dichas sumas a los socios a título de devolución de capital. ii) Acuerdan modificar el artículo quinto del pacto social de la siguiente manera: “ARTICULO QUINTO: El capital social es la cantidad de $100.000, íntegramente suscrito y pagado con anterioridad por los socios, en la siguiente forma y proporción: (a) don Francisco Ochagavía Ruiz-Tagle ha suscrito y pagado la suma de $30.000 equivalente al 30% del capital, con anterioridad a esta fecha. (b) Doña Pilar Balbontín Vicuña ha suscrito y pagado la suma de $8.391 equivalente al 8,39% del capital, con anterioridad a esta fecha. (c) Sociedad de Inversiones PIPA Limitada ha suscrito y pagado la suma de $61.609 equivalente al 61,61% del capital, con anterioridad a esta fecha.”. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 3 de enero de 2022.