MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES OAK TREE SpA

RUT 77107709-9 CVE 2068576
Fecha instrumento
3 de enero de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de enero de 2022
Repertorio
14336-2021
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
10ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la 10ª Notaría de Santiago, Agustinas N°1.235, segundo piso, Santiago. CERTIFICO: Con fecha 10 de diciembre de 2021, por escritura pública otorgada ante mí, Repertorio N° 14.336 - 2021, doña Claudia Bunger Nahmias, quien declara ser chilena, casada, ingeniera comercial, cédula nacional de identidad N° 15.378.074-9, en representación de la sociedad INMOBILIARIA Y COMERCIAL LLANQUIHUE LIMITADA, del giro de su denominación, rol único tributario N° 78.186.950-3, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N° 5561, oficina 301, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, acordó modificar los estatutos de la sociedad INVERSIONES OAK TREE SpA, en el sentido de aumentar el capital de la sociedad INVERSIONES OAK TREE SpA en la cantidad de cinco millones ciento catorce mil ciento cincuenta y nueve coma setenta y un dólares de los Estados Unidos de América. En consecuencia, a partir desde esta fecha, el capital de la sociedad aumenta desde la cantidad de catorce millones setecientos treinta mil cuatrocientos veintiséis coma setenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América a la cantidad de diecinueve millones ochocientos cuarenta y cuatro mil quinientos ochenta y seis coma cinco dólares de los Estados Unidos de América. Teniendo presente que el aumento de capital antes referido será íntegramente suscrito y pagado por el único accionista de la sociedad, INMOBILIARIA Y COMERCIAL LLANQUIHUE LIMITADA, se hace presente que no se emitirán nuevas acciones para reflejar dicho aumento. Así, el referido aumento de capital no afectará el número de acciones de la Sociedad ni las respectivas participaciones sociales de los accionistas, las que, en consecuencia, se mantendrían inalteradas. En efecto, se mantiene inalterable la cantidad de diez mil acciones -nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal ni privilegios- en que se compone el capital social, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por el accionista INMOBILIARIA Y COMERCIAL LLANQUIHUE LIMITADA. En consecuencia, el único accionista de la sociedad acordó modificar los siguientes artículos del estatuto social: A) Se sustituye íntegramente el artículo sexto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Sexto. Capital social. El capital social asciende a la suma de diecinueve millones ochocientos cuarenta y cuatro mil quinientos ochenta y seis coma cinco dólares de los Estados Unidos de América, dividido en diez mil acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, las cuales se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos”. B) Se sustituye íntegramente el artículo primero transitorio de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio. Suscripción y Pago de Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de diecinueve millones ochocientos cuarenta y cuatro mil quinientos ochenta y seis coma cinco dólares de los Estados Unidos de América, dividido en diez mil acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, a las que se hace referencia en el Artículo Sexto de los Estatutos, el que se suscribió y pagó, y se suscribe y paga de la siguiente manera: A) Con la cantidad de catorce millones setecientos treinta mil cuatrocientos veintiséis coma setenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América suscrito y pagado íntegramente por el único accionista Inmobiliaria y Comercial Llanquihue Limitada con anterioridad a esta fecha. B) Con la cantidad de un millón de dólares de los Estados Unidos de América, en efectivo, que suscribe y paga en este acto el único accionista Inmobiliaria y Comercial Llanquihue Limitada, a satisfacción de la sociedad. C) Con la cantidad de tres millones cuatrocientos treinta y seis mil novecientos siete dólares de los Estados Unidos de América, que suscribe y paga en este acto el único accionista Inmobiliaria y Comercial Llanquihue Limitada, a satisfacción de la sociedad, mediante el aporte en dominio de los siguientes créditos contenidos en pagarés legalmente suscritos según se individualiza a continuación: /a/ Pagaré suscrito con fecha veintidós de diciembre del año dos mil diecisiete por la sociedad Inversiones Saint Louis SpA, en favor de Inmobiliaria y Comercial Llanquihue Limitada, por un monto de seiscientos setenta y ocho mil seiscientos veinte dólares de los Estados Unidos de América. /b/ Pagaré suscrito con fecha cinco de junio del año dos mil diecisiete por la sociedad Inversiones Saint Louis SpA, en favor de Inmobiliaria y Comercial Llanquihue Limitada, por un monto de doscientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de América. c) Pagaré suscrito con fecha dieciocho de abril del año dos mil diecinueve por la sociedad Inversiones Saint Louis SpA, en favor de Inmobiliaria y Comercial Llanquihue Limitada, por un monto de doscientos trece mil cuatrocientos seis dólares de los Estados Unidos de América. d) Pagaré suscrito con fecha nueve de mayo del año dos mil diecinueve por la sociedad Inversiones Saint Louis SpA, en favor de Inmobiliaria y Comercial Llanquihue Limitada, por un monto de trescientos mil dólares de los Estados Unidos de América. /e/ Pagaré suscrito con fecha veintiocho de noviembre del año dos mil diecinueve por la sociedad Inversiones Saint Louis SpA, en favor de Inmobiliaria y Comercial Llanquihue Limitada, por un monto de doscientos diez mil dólares de los Estados Unidos de América. /f/ Pagaré suscrito con fecha cinco de febrero del año dos mil veinte por la sociedad Inversiones Saint Louis SpA, en favor de Inmobiliaria y Comercial Llanquihue Limitada, por un monto de ciento cuarenta y un mil ciento veintiséis dólares de los Estados Unidos de América. /g/ Pagaré suscrito con fecha treinta y uno de agosto del año dos mil veinte por la sociedad Inversiones Saint Louis SpA, en favor de Inmobiliaria y Comercial Llanquihue Limitada, por un monto de seiscientos treinta y siete mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América. D) Con la cantidad de un millón seiscientos setenta y siete mil doscientos cincuenta y dos coma setenta y un dólares de los Estados Unidos de América, que suscribe y paga en este acto el único accionista Inmobiliaria y Comercial Llanquihue Limitada, a satisfacción de la sociedad, mediante el aporte en dominio de los siguientes activos financieros: /a/ Cuotas del Fondo de Inversión Público denominado Fondo de Inversión HPH II, constituido y organizado por la sociedad Larraín Vial Activos S.A. Administradora General de Fondos, cuyo valor de aporte asciende a ochocientos cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y cuatro coma veintidós dólares de los Estados Unidos de América. /b/ Cuotas del Fondo de Inversión Público denominado Olive Tree Ventures I, constituido y organizado por la sociedad Larraín Vial Activos S.A. Administradora General de Fondos, cuyo valor de aporte asciende a ochocientos veintidós mil quinientos dieciocho coma cuarenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03 de enero de 2022.