Sociedad Gastronómica Azua Limitada
Instrumento
- Fecha
- 18 de febrero de 2021
Sociedad
- Capital
- $60.000.000 CLP
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| DANIELA FRANCISCA ROBLES AZUA | representante | 17650804-3 | — | — | |
| ROSSANA DEL CARMEN AZUA ROBLES | socio | 8293656-4 | — | — | |
| EDMUNDO RENE AZUA ROBLES | socio | 15093707-8 | — | — | Condominio Carillanca de la |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSYLVIA HUECHE FUCHSLOCHER, Notario Titular de la notaria de Padre las Casas, con oficio en calle Maquehue Nº 1244, Certifico: Que por escritura pública de fecha 18/02/2021, Rep. Nº214-2021, ante el Notario Suplente don Enrique Alfredo Fontannaz Palma comparece: DANIELA FRANCISCA ROBLES AZUA, RUN 17.650.804-3, en representación de su mandante doña ROSSANA DEL CARMEN AZUA ROBLES, RUN 8.293.656-4, ambas con domicilio en Santa Rita de Casia N°1903, de la comuna de María Pinto y de paso en esta comuna, en adelante denominada la cedente; y por otra parte, don EDMUNDO RENE AZUA ROBLES, RUN 15.093.707-8, con domicilio en Parcela N°57, Condominio Carillanca de la comuna y ciudad de Temuco, en adelante denominado cesionario. Ambas partes realizaron escritura de compraventa y cesión de derechos sociales de SOCIEDAD GASTRONÓMICA AZUA LIMITADA RUT 76.576.595-1. Capital $60.000.000. El PRECIO de la compraventa y cesión de derechos fue por un valor de $17.000.000.-, los que se pagarán en 17 cuotas mensuales iguales y sucesivas, por un monto de $1.000.000.- cada una, a través de transferencia electrónica bancaria, a nombre de doña DANIELA FRANCISCA ROBLES AZUA, cuenta corriente de Banco Estado N°37500103923, pagaderos los días 30 de cada mes, comenzando con la primera cuota el día 28 de febrero de 2021; y así sucesivamente, hasta la última cuota número 17, que corresponde el día 30 de junio de 2022. En virtud de lo anterior se retira como socio de la SOCIEDAD GASTRONÓMICA AZUA LIMITADA, doña ROSSANA DEL CARMEN AZUA ROBLES. La compraventa y cesión señalada comprende todos los derechos que le corresponden a la cedente, doña ROSSANA DEL CARMEN AZUA ROBLES, en la sociedad, en razón de su calidad de socio en ella. Para los efectos de lo previsto en el artículo 1901 del Código Civil, don EDMUNDO RENE AZUA ROBLES, declara encontrarse en posesión material del título de los derechos que por el presente instrumento compra, adquiere y acepta, título que esta representado por la escritura de constitución de la sociedad. Como consecuencia de la compraventa y cesión de derechos sociales quedan como únicos socios de la SOCIEDAD GASTRONÓMICA AZUA LIMITADA, don EDMUNDO RENE AZUA ROBLES, con un 50% de los derechos sociales, y doña ZAFIRA DEL PILAR AZUA ROBLES, con un 50% de los derechos sociales. Los socios de la SOCIEDAD GASTRONÓMICA AZUA LIMITADA, continúan limitando su responsabilidad personal por los negocios sociales al monto de sus respectivos aportes. Para todos los efectos de este contrato las partes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Temuco, demás estipulaciones escritura extractada. Padre las Casas 04 Enero de 2022.