Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2021
- Notario
- Juan Cristian Berrios Castro
- Oficio
- Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad y comuna de Santiago
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: (i) La realización y administración de inversiones, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en especial, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures y valores mobiliarios en general, la percepción de sus frutos, la administración de dichos bienes; y (ii) En general, la realización de inversiones y cualquier tipo de actividades civiles o comerciales relacionados con los ya mencionados, o con los que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: mediante escritura pública otorgada ante el Titular, con fecha 28 de diciembre de 2021, repertorio número 23841, Eduardo Valencia Gómez, constituyó una sociedad por acciones (la “Sociedad”), de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “INVERSIONES BARLOVENTO SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la Sociedad será: (i) La realización y administración de inversiones, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en especial, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures y valores mobiliarios en general, la percepción de sus frutos, la administración de dichos bienes; y (ii) En general, la realización de inversiones y cualquier tipo de actividades civiles o comerciales relacionados con los ya mencionados, o con los que acuerden los socios. Capital: El capital social es la cantidad de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en el acto de la constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. Santiago, 4 de enero de 2022.