CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Compañía Minera Atacama SpA

CVE 2067769
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
21 de diciembre de 2021

Instrumento

Fecha
21 de diciembre de 2021
Repertorio
29779-2021
Notario
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
Domicilio
don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría, con oficio en La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 21/12/2021, ante titular, repertorio n° 29.779-2021, Genermin SpA, Compañía Minera Sierra Desierto SpA y Consultorías MV Limitada, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “Compañía Minera Atacama SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) la exploración, reconocimiento y explotación de pertenencias mineras que arriende, se le concedan o que adquiera, a cualquier título; b) la producción, comercialización, distribución o venta de metales básicos, sean preciosos o no, así como de productos derivados de su explotación; c) la compra, venta, arrendamiento, concesión o venta de pedimentos mineros, manifestaciones mineras, derechos de exploración minera o derechos de explotación minera y, en general, la constitución de la propiedad minera en cualquiera de sus formas, manifestar, pedir y tramitar concesiones mineras; d) la exploración de aguas tanto subterráneas como superficiales; e) la adquisición, arrendamiento, concesión o venta de derechos de agua subterráneas y/o superficiales y, en general, la constitución de derechos de aprovechamiento de aguas en cualquiera de sus formas; f) formar parte en otras sociedades o comunidades, modificarlas, asumir su administración, y g) realizar todo aquello que ordinariamente se relacione directa o indirectamente con la actividad minera. Capital: $1.000.000 dividido en 10.000 acciones de una misma serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en dinero efectivo íntegramente acto escritura. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2021.