CANELA SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 36655-2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CANELA SpA | socio | 77367929-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de diciembre de 2021, repertorio N°36.655-2021, ante mí, LUIS MANUEL FERNÁNDEZ VÁSQUEZ, en Isidora Goyenechea 2939 of. 301, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; sanea y rectifica conforme Ley 19.499 la escritura de constitución de CANELA SpA, RUT: 77.367.929-0, de fecha 11 de enero de 2021, repertorio N°634-2021, otorgada ante mi, y su consecuente extracto en los siguientes sentidos: 1) citar correctamente el número de acciones en que se divide el capital social, por tanto, en el Artículo Quinto donde dice: “El capital de la sociedad es la suma de doscientos millones, dividido en veinte mil acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal.…”; debe decir: “El capital de la sociedad es la suma de doscientos millones de pesos, dividido en doscientas mil acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal.….; 2) Asimismo, en el Artículo Primero Transitorio donde dice: “El capital de la sociedad es la suma de doscientos millones, dividido en veinte mil acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal…” debe decir: “El capital de la sociedad es la suma de doscientos millones de pesos, dividido en doscientas mil acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal.….; 3) Sanear la constitución social de toda vez que el extracto se inscribió en el Registro de Comercio y se publicó en el Diario Oficial fuera del plazo legal. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de diciembre de 2021.