ARQUITECTOS AB SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 3225-2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSergio Fernando Rodríguez Uribe, abogado, Notario Titular de la Décimo Cuarta Notaria de Santiago, con oficio en calle Teatinos N°449, sexto piso, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 20-12-2021, bajo el Repertorio N°3225-2021, doña Nicole Adriana Maldonado Arce, chilena, soltera, abogada, cédula de identidad número 17.051.538-2, domiciliada en calle O` higgins N°1186, oficina 403, comuna de Concepción, Región del Bio Bio y de paso por esta, en representación de Vanessa Alejandra Barrientos Vera, chilena, soltera, arquitecto, cédula de identidad número 18.282.674-K, con domicilio en calle I, N°908, casa N°9, Brisa del Sol, Comuna de Talcahuano, Región del Bío Bío y de Lesley Nathaly Acuña Jara, chilena, soltera, arquitecto, cédula de identidad número 17.871.579-2, con domicilio en calle Camilo Henríquez N°610, comuna de Los Angeles, Región del Bío Bío, viene en sanear la sociedad ARQUITECTOS AB SpA, Rut:77.057.286- K, la que fue modificada por escritura pública de fecha 05-11-2021, Repertorio N°3965-2021, otorgada ante Notario Público de Los Ángeles, don Luis Eduardo Solar Bach con domicilio en calle Lautaro 325, local 4 y 5, y cuyo extracto de modificación se publicó en el Diario Oficial con fecha 09-12-2021 y que la fecha no se ha practicado inscripción en Registro de Comercio de Concepción. Que la compareciente debidamente facultada viene a sanear la no inscripción en el Registro de Comercio de Concepción en el plazo establecido y en conformidad a los establecido en la ley 19.499, por lo que concurre la abogada NICOLE MALDONADO ARCE quien por este acto, viene en subsanar el vicio formal de que adolece la modificación de la sociedad la cual contando con las publicaciones correspondientes, esta no fue inscrita según el plazo legal que se establece e indicada anteriormente, conforme al procedimiento establecido en el artículo tercero de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve. Santiago, 20 de diciembre de 2021.