MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SAINT-JEAN SOTO Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 85543400-8 CVE 2067057
Capital
$6.000 CLP
Fecha instrumento
22 de octubre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de octubre de 2021
Repertorio
29984-2021
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$6.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos, N° 835, piso 18, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 22 de octubre de 2021, repertorio 29984-2021, don SEBASTIÁN ANDRÉS ORELLANA PINO RUT Nº 16.416.291- 5, chileno, soltero, ingeniero, domiciliado en Calle 2 N°3135, Valle 1. Dpto. 301, Comuna de Santiago, Región Metropolitana; doña JEANETTE VERÓNICA PINO ARAYA RUT N° 10.853.113-4, chilena, casada, empresaria, domiciliada en calle Belén Oriente N° 310, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana y doña LESLIE ANGÉLICA VELÁSQUEZ RUBILAR RUT N° 16.451.395-5, chilena, soltera, empresaria, domiciliada en Avenida Vicuña Mackenna N° 346, Dpto. 202, Providencia, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “SAINT-JEAN SOTO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 22 de junio de 1978, ante don Arturo Carvajal Escobar, ex Notario Público de Santiago; cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a Fojas 6.689 Número 3.563 del año 1.978 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 10 de julio de 1978, en el siguiente sentido: don LESLIE ANGÉLICA VELÁSQUEZ RUBILAR vende, cede y transfiere el total de sus derechos, haberes, acciones, cuotas e intereses en la sociedad, correspondientes al 66,67% del capital social, en la suma de $6.000.000 a don SEBASTIÁN ANDRÉS ORELLANA PINO, quien compra, acepta y adquiere para sí. A continuación, don SEBASTIÁN ANDRÉS ORELLANA PINO vende, cede y transfiere a doña JEANETTE VERÓNICA PINO ARAYA quien compra, acepta y adquiere para sí el 62,5% de sus derechos, haberes, acciones, cuotas e intereses que le corresponden en la sociedad, derechos cedidos que corresponden al 41,7% del total social, en la suma de $3.750.000. A consecuencia de las referidas cesiones, egresa de la sociedad doña LESLIE ANGÉLICA VELÁSQUEZ RUBILAR y ésta queda integrada únicamente por don SEBASTIÁN ANDRÉS ORELLANA PINO y por doña JEANETTE VERÓNICA PINO ARAYA con una participación social del 25% y 75%, respectivamente. Los socios, además, modificaron las facultades y prerrogativas contenidas en la cláusula cuarta del pacto social primitivo, referidas a la administración, en el sentido que la representación legal, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá individual, separada e indistintamente a doña JEANETTE VERÓNICA PINO ARAYA y a don SEBASTIÁN ANDRÉS ORELLANA PINO, ambos ya individualizados, quienes, anteponiendo su firma a la razón social de la sociedad, tendrán la representación judicial y extrajudicial de ésta. En todo lo no modificado, el estatuto social primitivo permanecerá vigente. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 22 de diciembre de 2021.-