Instrumento
- Notario
- EDWIN RIFFO GONZALEZ
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
- Domicilio
- Iquique
- Duración
- Indefinida
Objeto social
- La sociedad tiene por objeto efectuar, por cuenta propia o ajena: el transporte de carga por carretera nacional e internacional de toda clase de bienes muebles, en vehículos propios que posea y explote a cualquier título, tomados en arrendamiento o en leasing; en comodato, en usufructo o encomendado a terceros, y todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras en su caso. Cualquier otra actividad, operación o transacción que acuerden los socios, que exista o pueda ser desarrollada en el futuro, sin necesidad de tener que acreditarlo ante terceros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDWIN RIFFO GONZALEZ, Abogado, Notario Público Iquique, Suplente del Titular don NESTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICA: Por escritura pública hoy ante mí : ROBERTO SEGUNDO DIAZ ARANCIBIA, constituyó sociedad por acciones.- Razón Social: “KENNY CARGO SpA”.- Domicilio: Iquique, sin perjuicio otros puntos del país o extranjero. Duración: Indefinida. Objeto.- La sociedad tiene por objeto efectuar, por cuenta propia o ajena: el transporte de carga por carretera nacional e internacional de toda clase de bienes muebles, en vehículos propios que posea y explote a cualquier título, tomados en arrendamiento o en leasing; en comodato, en usufructo o encomendado a terceros, y todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras en su caso. Cualquier otra actividad, operación o transacción que acuerden los socios, que exista o pueda ser desarrollada en el futuro, sin necesidad de tener que acreditarlo ante terceros. Capital: $50.000.000.- dividido 5.000 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, es suscrito totalmente por el accionista constituyente quien lo paga de la siguiente forma: 1) con la suma de $5.000.000.-, equivalentes a 500 acciones, al contado y en dinero en efectivo que ingresan en este acto a la caja social. 2) El saldo de $45.000.000, equivalentes a 4.500 acciones, será pagado por el constituyente dentro del plazo de cinco años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad, a medida que las necesidades sociales lo requieran; si así no ocurriere, al vencimiento del plazo, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en instrumento extractado. Iquique, 30 de Diciembre de 2021.