MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES IKIGAI LIMITADA

RUT 77128376-4 CVE 2067172
Capital
$1.000.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA LORETO ZALDIVAR GRASS, Abogado, Notario Suplente 26ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo Nº 3196, Las Condes, certifico por escritura pública otorgada el 26 de noviembre, 2021 ante el titular Humberto Quezada Moreno, Rep. N° 9968-2021, KENJI CARLOS ALBERTO KODAMA MENESES, AKEMI ALEJANDRA KODAMA MIURA, NAOMI FRANCISCA KODAMA MIURA, AKIO MAURICIO KODAMA MIURA, ALEJANDRA MITSUKO MIURA VARGAS y KIOMI MAGDALENA KODAMA MIURA, todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, calle Alonso de Córdova n° 3.827, 0f.403, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron “INVERSIONES IKIGAI LIMITADA”, inscrita a fs. 11.116 N° 5869 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces Santiago año 2020. Modificaciones consisten: 1º doña ALEJANDRA MITSUKO MIURA VARGAS, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en INVERSIONES IKIGAI LIMITADA, ascendentes al 10%, a KIOMI MAGDALENA KODAMA MIURA, precio y forma de pago indicados en escritura extractada. 2º Modifican artículo quinto estatuto, relativo al capital, sustituyéndolo por la siguiente: “ARTICULO QUINTO: CAPITAL. El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000, íntegramente aportado, enterado y pagado por los socios, de contado y en dinero efectivo, de la siguiente manera: (a) Don KENJI CARLOS ALBERTO KODAMA MENESES, la suma de $600.000, correspondiente al 60% de los derechos sociales; (b) Doña AKEMI ALEJANDRA KODAMA MIURA, la suma de $100.000, correspondiente al 10% de los derechos sociales; (c) Doña NAOMI FRANCISCA KODAMA MIURA, la suma de $100.000, correspondiente al 10% de los derechos sociales; (d) Don AKIO MAURICIO KODAMA MIURA, la suma de $100.000, correspondiente al 10% de los derechos sociales y, (e) Doña KIOMI MAGDALENA KODAMA MIURA, la suma de $100.000, correspondiente al 10% de los derechos sociales.” Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 31 de diciembre, 2021. MLZG. Not. Sup.