Importadora Z – One Limitada
Instrumento
- Fecha
- 17 de junio de 2019
- Notario
- ROLANDO SEPULVEDA PRUSSINGER
- Domicilio
- Titular Juan Eugenio del Real Armas
- Comuna
- Ñuñoa Oficio Av
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROLANDO SEPULVEDA PRUSSINGER, Abogado, Notario Público Suplente del Titular Juan Eugenio del Real Armas, 1ra Notaria de Ñuñoa Oficio Av. Irarrázaval N° 1745 b, Santiago, Certifico: Que por escritura pública de hoy ante mí, don XIUQIANG YAN y don AIHUA YAN, ambos domiciliados en Sazie N° 2.653, Santiago, vienen en modificar sociedad comercial de responsabilidad limitada “IMPORTADORA Z – ONE LIMITADA”, con nombre de fantasía “Z – ONE LTDA.”, RUT 77.350.846-9, constituida escritura pública fecha 17-06-2019, otorgada ante don Nicolas Toro Venegas, Notario Público Suplente de la Décima Tercera Notaria de Santiago del Titular don Clovis Toro Campos, oficio calle Compañía 1.312, extracto se inscribió a fojas 47.500 N° 23.669 del Registro de Comercio año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, publicada en el Diario Oficial de la República de Chile el día viernes 21-06-2019, edición 42.385. Modificó escritura pública fecha 19-01-2021, otorgada ante don Juan Eugenio del Real Armas, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Ñuñoa, con oficio en Avenida Irarrázaval 1745, B, extracto fojas 7.544 N° 3.279 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2021, publicada en el Diario Oficial de la República de Chile 23-01-2021 edición 42.862. CESION DE DERECHOS: El socio don AIHUA YAN, dueño de un 60% del haber social, vende, cede y transfiere un 30% del haber social al socio don XIUQIANG YAN, quien los compra, acepta y adquiere para sí, el precio de la cesión es la suma de $4.500.000, que se paga en este acto por el cesionario en dinero efectivo declarando el cedente recibirlo a su entera satisfacción y conformidad dando por cancelado el precio. Como consecuencia de lo anterior quedan como únicos y actuales socios de la sociedad “IMPORTADORA Z – ONE LIMITADA”, don XIUQIANG YAN, con un 70% del haber social y don AIHUA YAN, con un 30% del haber social y como únicos y actuales socios vienen en modificar la cláusula octavo del pacto social, solo en cuanto a que la administración, representación, uso de la razón social y el nombre de fantasía corresponderá a don XIUQIANG YAN, con las mismas facultades y atribuciones que se otorgan en la citada clausula Octava de los estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, 30 DE DICIEMBRE DE 2021.