INVERSIONES EL PILAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de noviembre de 2021
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- Cuadragésima Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $18.015.178 CLP
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 3 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogándose tácita y sucesivamente por iguales períodos de 3 años cada uno en la forma establecida en los Estatutos
Objeto social
a) La realización de inversiones, tanto en Chile como en el extranjero, en bienes inmuebles y muebles, en valores mobiliarios, en bonos, pagarés y otros títulos de créditos, emitidos por cuenta o garantía del Estado o sus instituciones, empresas y organismos autónomos del Estado, en bonos, debentures, pagarés o cualquier otro título de crédito emitido por cualquier institución pública o privada, ya sea nacional o extranjera; en general invertir en toda clase de efectos de comercio; b) La inversión, tanto en Chile como en el extranjero, en acciones de sociedades anónimas abiertas o cerradas; en derechos de sociedades de personas, civiles comerciales, colectivas, en comanditas y de responsabilidad limitada, en general en todo tipo de sociedades; crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; y, c) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Administración
Corresponderá a don EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER, individualizado presentemente, quien actuando y anteponiendo su firma a la razón social, dispondrá de las más amplias facultades, descritas en los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos N° 332, Comuna de Santiago, certifico: por escritura pública hoy ante mí, a) Don EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER, cédula de identidad N° 8.514.215-1; b) Doña MARÍA SOLEDAD SÁEZ ARELLANO, cédula de identidad N° 10.855.077-5; c) Doña CONSTANZA PAZ DE VIDTS SÁEZ, cédula de identidad N° 18.935.733-8; d) Doña PASCALE DE VIDTS SÁEZ, cédula de identidad N° 18.635.605-5; y, e) Don JAVIER ANDRÉS DE VIDTS SÁEZ, cédula de identidad N° 20.444.456-0; todos domiciliados en calle Carlos Peña Otaegui N° 11.498, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “INVERSIONES EL PILAR LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, la sigla comercial o nombre fantasía “EL PILAR LTDA”. Administración: Corresponderá a don EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER, individualizado presentemente, quien actuando y anteponiendo su firma a la razón social, dispondrá de las más amplias facultades, descritas en los estatutos. Capital: El capital de la Sociedad será la suma total y única de $18.015.178, que los socios aportarán en la siguiente forma y proporción: a) Don EDUARDO ANDRÉS DE VIDTS RENNER, aportará la suma de $180.152, equivalentes al 1% del capital social, suma que aportará dentro del plazo de tres años, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran; b) Doña MARÍA SOLEDAD SÁEZ ARELLANO, aportará la suma de $180.152, equivalentes al 1% del capital social, suma que aportará dentro del plazo de tres años, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran; c) Doña CONSTANZA PAZ DE VIDTS SÁEZ, aportará la suma de $11.440.358, equivalentes al 63,5% del capital social, suma que aportará dentro del plazo de tres años, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran; d) Doña PASCALE DE VIDTS SÁEZ, aportará la suma de $4.413.719, equivalentes al 24,5% del capital social, suma que aportará dentro del plazo de tres años, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran; e) Don JAVIER ANDRÉS DE VIDTS SÁEZ, aportará la suma de $1.800.797, equivalentes al 10% del capital social, suma que aportará dentro del plazo de tres años, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran. Objeto: a) La realización de inversiones, tanto en Chile como en el extranjero, en bienes inmuebles y muebles, en valores mobiliarios, en bonos, pagarés y otros títulos de créditos, emitidos por cuenta o garantía del Estado o sus instituciones, empresas y organismos autónomos del Estado, en bonos, debentures, pagarés o cualquier otro título de crédito emitido por cualquier institución pública o privada, ya sea nacional o extranjera; en general invertir en toda clase de efectos de comercio; b) La inversión, tanto en Chile como en el extranjero, en acciones de sociedades anónimas abiertas o cerradas; en derechos de sociedades de personas, civiles comerciales, colectivas, en comanditas y de responsabilidad limitada, en general en todo tipo de sociedades; crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; y, c) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: La sociedad tendrá una duración de 3 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogándose tácita y sucesivamente por iguales períodos de 3 años cada uno en la forma establecida en los Estatutos. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 22 de noviembre de 2021. ALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público.