Beyond Elite Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 20656-2021
Objeto social
”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA FERNANDA DE LOS SANTOS FERRAZ, abogado Notario Público Suplente de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Providencia, certifico que en Junta Extraordinaria de Accionistas de “BEYOND ELITE CHILE SpA” (inscrita a fojas 9435, número 4990, Registro de Comercio de Santiago del año 2020), celebrada con fecha 29 de diciembre de 2021, cuya acta fue reducida a escritura pública con esa misma fecha, bajo el repertorio N° 20656-2021, ambas ante mí, se acordó ampliar su objeto social y modificar el Artículo Quinto de los estatutos sociales, en el sentido de sustituir su texto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: La Sociedad tendrá por objeto, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada con terceros, dentro de la República de Chile y/o en el extranjero: Uno/ la creación, fabricación, producción, distribución y comercialización, importación y exportación, ya sea por sí o por terceros de todo tipo de tecnología en el área de las comunicaciones; Dos/ Asistencia y preparación de la documentación y requerimientos necesarios para solicitar, tramitar, obtener, mantener, modificar y/o renovar registros y permisos de productos relacionados al giro en la República de Chile y/o en el extranjero; Tres/ Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y negocios, por cuenta propia o de terceros relativos a toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, localizados en Chile o en el extranjero, su explotación, comercialización y administración, comprendiendo especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, incluyendo a formación y participaciones en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos; Cuatro/ Asimismo la Sociedad podrá celebrar y ejecutar, por cuenta propia o de terceros, toda clase de actos y contratos, sean civiles o comerciales, con entidades públicas o privadas; Cinco/ Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; Seis/ Toda clase de asesoría y/o consultoría en materia contable, tributaria, financiera y jurídica; y Siete/ Cualquier otra actividad que acuerden los socios. Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada, sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de diciembre de 2021.