MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN Y TRANSPORTE SAN PEDRO LIMITADA

RUT 76326853-5 CVE 2066626
Fecha instrumento
24 de septiembre de 2015
Notaría
Puerto Montt

Instrumento

Fecha
24 de septiembre de 2015
Notario
otorgada ante don Álvaro Andrés Gajardo Casañas
Oficio
Cuarta Notaría de Puerto Montt
Comuna
Puerto Montt

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Por escritura pública compareció: don JOSÉ RIGOBERTO GUERRERO PAREDES y doña ALEJANDRA DEL CARMEN HERNÁNDEZ TORO, domiciliados en el sector El Jardín, lote 4-2 S/N, comuna de Maullín, quienes modifican la sociedad: “SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN Y TRANSPORTE SAN PEDRO LIMITADA”, constituida a través de escritura pública de transformación y modificación de 24.09.2015 otorgada ante don Álvaro Andrés Gajardo Casañas, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Puerto Montt, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha 1.10.2015 y se inscribió a fs. 10 N°9, del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Maullín, correspondiente al año 2015, la cual transformó y modificó la empresa individual de responsabilidad limitada “SERVICIOS DE CONSTRUCCIONES Y TRANSPORTE JOSÉ RIGOBERTO GUERRERO PAREDES E.I.R.L.”, constituida mediante Escritura Pública de 03.09.2013 otorgada ante don Álvaro Andrés Gajardo Casañas, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Puerto Montt, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha 06.09.2013 y fue inscrita a fs. 20 N°10 del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Maullín, correspondiente al año 2013. Por el presente instrumento, los comparecientes y únicos socios e interesados vienen en modificar el pacto social en lo relativo a la administración y representación legal de la sociedad, que queda del siguiente tenor: La administración, la representación legal y el uso de la razón social corresponderá a la socia doña ALEJANDRA DEL CARMEN HERNÁNDEZ TORO, quien anteponiendo a su firma el nombre de la sociedad, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos”. En todo lo demás no modificado continúan plenamente vigentes los estatutos sociales de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada.