CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

PUELCHE NUEVE SpA

CVE 2066747
Capital
$742.000 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2021
Repertorio
30238-2021
Notario
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
Domicilio
don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$742.000 CLP
Domicilio
Ciudad y comuna de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

A) La inversión de dineros y)o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y)o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; B) prestación de servicios profesionales; C) Invención de marcas y desarrollo de franquicias; D) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativo a toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, su explotación, comercialización y)o

Administración

Capital: $742.000.008; setecientos cuarenta y dos millones ocho pesos, dividido en veinticuatro mil acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Público Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifico que por escritura publica otorgada con fecha 27 de diciembre de 2021, ante mí, Repertorio N° 30.238-2021, EDUARDO ANTONIO CERDA GARCIA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, cedula de identidad numero dos millones ochocientos cincuenta y tres mil trescientos treinta y siete guion tres, con domicilio en Juan Bautista Pastene número dos mil trescientos veintiséis, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, ANA MARÍA CERDA LECAROS, chilena, soltera, ingeniero civil, cédula de identidad número seis millones trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y cuatro guion nueve, con domicilio en calle Las Nieves número tres mil setecientos noventa, departamento setecientos cinco, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; doña MARÍA DEL PILAR CERDA LECAROS, chilena, casada, tecnólogo médico, cédula de identidad número seis millones trescientos setenta y ocho mil doscientos sesenta guion dos, con domicilio en Antonio de Pastrana dos mil ochocientos departamento quinientos cuatro, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: “PUELCHE NUEVE SpA” Domicilio: Ciudad y comuna de Santiago. Objeto: A) La inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; B) prestación de servicios profesionales; C) Invención de marcas y desarrollo de franquicias; D) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativo a toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, su explotación, comercialización y/o administración. Capital: $742.000.008; setecientos cuarenta y dos millones ocho pesos, dividido en veinticuatro mil acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal. Duración: Indefinida. Administración: Sera ejercida por doña ANA MARÍA CERDA LECAROS, doña MARÍA DEL PILAR CERDA LECAROS y don EDUARDO ANTONIO CERDA GARCÍA, quienes, de manera conjunta y actuando a lo menos dos de ellos, representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente, y para el cumplimiento del objetivo social, estará investida de todas las facultades de administración y disposición, según se expresan en el artículo octavo de la escritura extractada. Demas estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 29 de diciembre de 2021.