GRABO-PACK LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de mayo de 2017
- Notario
- JORGE FIGUEROA HERRERA
- Domicilio
- N°29 de Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 41770 del 30 de mayo de 2017
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE FIGUEROA HERRERA, Notario Público Interino N°29 de Santiago, Mac Iver 225, Oficina 302, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, Mauricio Alejandro García Covarrubias, Javier García Covarrubias y Dora Clotilde Domínguez Barsallo, todos Mac-Iver 225, oficina 403 “C”, Santiago, modificaron sociedad “ELABORADORA, COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA GRABO-PACK LIMITADA” fantasía "GRABO-PACK LIMITADA.", constituida 24/05/2017, ante Notario Myriam Amigo Arancibia, fs. 41.323 Nº 22.659, Reg. Com. Stgo. 2017. Diario Oficial 41.770, 30/05/2017, siguiente sentido: a) Mauricio Alejandro García Covarrubias, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos que posee en el capital social, equivalentes al 80% a Javier García Covarrubias, $8.000.000, contado, recibidos a satisfacción por el adquirente, ya ingresados con anterioridad en Arcas de la sociedad. Como consecuencia de la venta que da cuenta esta modificación, se retira de la sociedad don Mauricio Alejandro García Covarrubias, quien otorga a la sociedad y al otro socio el más amplio y completo finiquito. Actuales socios Javier García Covarrubias 80% haber social y Dora Clotilde Dominguez Barsallo 20% haber social, modifican Artículo Cuarto y Artículo Quinto, cuya redacción queda como sigue: ARTICULO CUARTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio don Javier García Covarrubias, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades, como lo señala el artículo cuarto de la constitución social. ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de diez millones de pesos, el cual se entera y aporta del siguiente modo: A) Don Javier García Covarrubias, con la suma de ocho millones de pesos, cantidad de dinero que equivale al ochenta por ciento del capital social, aporte que se enteró con anterioridad, en dinero efectivo, ya ingresado en arcas de la sociedad; B) Doña Dora Clotilde Domínguez Barsallo, con la suma de dos millones de pesos, cantidad de dinero que equivale al veinte por ciento del capital social, aporte que se enteró con anterioridad, en dinero efectivo, ya ingresado en arcas de la sociedad. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. No modificado rige pacto vigente. Demás estipulaciones escritura modificatoria. Santiago, 30 de Noviembre de 2021.