MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL IMCA LIMITADA

RUT 76522138-2 CVE 2066517
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2021

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2021
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veinticuatro de Diciembre de dos mil veintiuno, ante mí, don FRANCISCO CLENARDO BAEZ VALLEJOS, chileno, empresario, casado, cédula de identidad número once millones setecientos nueve mil ciento setenta y siete guión cinco, domiciliado en Pasaje Los Perales número ocho mil cuatrocientos diecinueve, Villa Los Nogales de la ciudad y comuna de Temuco; don RONALD JACOBO LICHTIN PREUSS, chileno, ingeniero comercial, casado, cedula de identidad número siete millones veintisiete mil trescientos noventa guión K, domiciliado en calle Santoña número mil ochocientos ochenta y cinco, Villa Cataluña de la ciudad y comuna de Temuco; don CHRISTIAN HERMOGENES CANALES VIDAL, chileno, empleado, casado, cédula de identidad número trece millones ciento quince mil cuatrocientos cincuenta y siete guión siete, domiciliado en calle Voltaire sin número, ciudad y comuna de Temuco, exponen: Antecedentes: Declaran los comparecientes que mediante escritura pública de fecha cuatro de noviembre de dos mil quince, otorgada ante el Notario Público de Temuco don JORGE ELIAS TADRES HALES, repertorio notarial número ocho mil doscientos cuarenta y dos del señalado año, publicada en extracto en su edición número cuarenta y un mil trescientos cinco con fecha diez de noviembre de dos mil quince en el Diario Oficial, extracto inscrito a fojas mil ochocientos veinticinco vuelta, número mil ciento noventa y ocho en el Registro de Comercio de Temuco del año dos mil diecisiete a cargo del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, constituyeron y otorgaron los Estatutos de una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es COMERCIAL IMCA LIMITADA, persona jurídica del giro que indica su razón social, Rol Único Tributario número setenta y seis millones quinientos veintidós mil ciento treinta y ocho guión dos, domiciliada en la ciudad de Temuco.- Los socios señores FRANCISCO CLENARDO BAEZ VALLEJOS y RONALD JACOBO LICHTIN PREUSS, son dueños, cada uno de ellos, de un cincuenta por ciento de las acciones y derechos en la precitada sociedad, que a su vez representan el cien por ciento de la totalidad del capital social. PRESENTE CESIÓN: a) Por este instrumento y con el acuerdo de todos los socios de Comercial Imca Limitada, el socio don RONALD JACOBO LICHTIN PREUSS, ya individualizado, vende, cede y transfiere, en la participación y/o cuotas que se indican a las siguientes personas: a) FRANCISCO CLENARDO BAEZ VALLEJOS, un noventa y ocho por ciento de sus derechos, acciones, interés o cuota, de que es dueño o pudieren corresponderle a cualquier título en la referida sociedad, derechos que a su vez representan el cuarenta y nueve por ciento de la totalidad del capital social. El socio FRANCISCO CLENARDO BAEZ VALLEJOS, ya individualizado, las adquiere y acepta para sí a su total conformidad.- En consideración a las acciones y derechos sociales adquiridos por el socio FRANCISCO CLENARDO BAEZ VALLEJOS, se ha incrementado su participación social a una cuota que representa el noventa y nueve por ciento del capital social de Comercial Imca Limitada ó Comercial Imca Ltda. b) CHRISTIAN HERMOGENES CANALES VIDAL, un dos por ciento de sus derechos, acciones, interés o cuota, de que es dueño o pudieren corresponderle a cualquier título en la referida sociedad, derechos que a su vez representan el Uno por ciento de la totalidad del capital social. Don CHRISTIAN HERMOGENES CANALES VIDAL, ya individualizado, las adquiere y acepta para sí a su total conformidad.- En consideración a las acciones y derechos sociales adquiridos por el socio nuevo socio don CHRISTIAN HERMOGENES CANALES VIDAL, su participación social equivale a una cuota que representa el uno por ciento del capital social de Comercial Imca Limitada ó Comercial Imca Ltda. Dos.- El Precio: A) El precio de la cesión individualizada en el Uno de la letra a) precedente, corresponde a la suma única y total de VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, que el socio cesionario don FRANCISCO CLENARDO BAEZ VALLEJOS paga en este acto, al contado y en dinero efectivo al cedente, quien declara recibirlo a su entera conformidad, por lo que respecto al pago del precio de lo cedido nada tiene que reclamar.- B) El precio de la cesión individualizada en el Uno de la letra b) precedente, corresponde a la suma única y total de QUINIENTOS MIL PESOS, que el cesionario don CHRISTIAN HERMOGENES CANALES VIDAL, paga en este acto, al contado y en dinero efectivo al cedente, quien declara recibirlo a su entera conformidad, por lo que respecto al pago del precio de lo cedido nada tiene que reclamar.- Declaran los socios comparecientes don FRANCISCO CLENARDO BAEZ VALLEJOS, y don RONALD JACOBO LICHTIN PREUSS, que prestan su total aprobación para que los socios, ya individualizados, en la cláusula segunda anterior, puedan celebrar el presente contrato de cesión de derechos sociales y en consecuencia aceptan, como nuevo socio, a don CHRISTIAN HERMOGENES CANALES VIDAL, con el Uno por ciento de participación en el capital social y utilidades y perdidas de Comercial Imca Limitada. PRESENTE MODIFICACION: Modificación Estatutos Sociales: Como consecuencia de la cesión de los derechos realizada por el cedente don RONALD JACOBO LICHTIN PREUSS, a contar de la fecha de este instrumento, los únicos socios de la sociedad Comercial Imca Limitada ó Comercial Imca Ltda., son FRANCISCO CLENARDO BAEZ VALLEJOS y don CHRISTIAN HERMOGENES CANALES VIDAL, ya individualizados, quienes actuando en tal calidad, unánime y conjuntamente vienen en este acto en modificar los Estatutos de la señalada sociedad, en los siguientes términos: Uno) Distribución de Utilidades y Perdidas; a) El socio FRANCISCO CLENARDO BAEZ VALLEJOS le corresponde el noventa y nueve por ciento del capital social, en consecuencia percibirá las utilidades y asumirá las eventuales pérdidas, según su participación social; y, b) El socio don CHRISTIAN HERMOGENES CANALES VIDAL, le corresponde el Uno por ciento del capital social, en consecuencia percibirá las utilidades y asumirá las eventuales pérdidas, según su participación social.- Los socios dejan establecido que para efectos de liquidación de los bienes y capital de la sociedad este se realizará en conformidad a la proporción de los aportes de capital y participación que registren cada socio en comercial Imca Limitada. En todo lo no modificado por el presente instrumento, seguirán vigentes todas y cada una de las estipulaciones del pacto social original.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 30 de Diciembre de 2021.