MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Morales Burbano Group Limitada

RUT 77388975-9 CVE 2065426
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de noviembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de noviembre de 2021
Repertorio
2874
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, chileno, casado, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, de esta ciudad, certifico: Que, por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2021, repertorio Nro. 5342-2021, ante mí, don CAMILO ANDRÉS MORALES GARCÍA, de 29 años, con domicilio en Braganza Nº 8.300, dpto. 603, comuna de Las Condes; y don JEAN BURBANO SALAZAR, de 31 años, domicilio en Avenida Carlos Antúnez Nº 1960, dpto. 405, comuna de Providencia; efectuaron las siguientes modificaciones respecto de sociedad de responsabilidad limitada. i) ANTECEDENTES. Que, con fecha 10 de junio del año 2021, ante la Notario Público Titular de la 20º Notaría de Santiago, doña Linda Scarlett Bosch Jiménez, se celebró la escritura pública de “Constitución de Sociedad IMOBU GROUP LIMITADA”. Documento que se anotó bajo el Repertorio Nº 2874. En el referido instrumento, comparecieron los señores CAMILO ANDRÉS MORALES GARCÍA, y JEAN BURBANO SALAZAR, quienes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. En la ya señalada fecha también se certificó el extracto por parte de la referida Notario, quien, además, efectuó la publicación en el Diario Oficial del Extracto de Sociedad. Que, con fecha 11 de junio del año 2021, se inscribió ante el Registro de Comercio de Santiago, la constitución de la sociedad indicada en el numeral precedente, a Fojas 45.814 Número 21.142 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al Año 2021. Finalmente, con fecha 15 de junio del año 2021, la sociedad ya constituida, inicio actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, quien, le asignó el Rol Único Tributario Nº 77.388.975-9. ii) RAZÓN SOCIAL. Que en este acto se viene en rectificar, en la cláusula “SEGUNDO”, se señaló de forma incorrecta razón social de la sociedad, a saber: “El nombre o razón social será "IMOBU GROUP LIMITADA", pudiendo usar incluso ante Bancos e Instituciones Financieras el nombre de fantasía "IMOBU GROUP LTDA." Siendo que la correcta expresión, congruente con lo dispuesto en el Artículo cuarto, de la Ley número Tres mil novecientos dieciocho, es: “El nombre o razón social será "Inversiones Morales Burbano GROUP LIMITADA", pudiendo usar incluso ante Bancos e Instituciones Financieras el nombre de fantasía "IMOBU GROUP LTDA.” iii) CAPITAL. Que, en este acto se viene en modificar la cláusula número SEXTO, por lo que los socios vienen en aumentar el capital social, del inicial de $10.000.000, a $50.000.000, que los socios entregan y pagan de la siguiente forma: a) CAMILO ANDRÉS MORALES GARCÍA, aporta la suma de $20.000.000, quedando entonces, con una participación equivalente al 50% del capital social y en la misma proporción en sus respectivos derechos sociales, que entera y paga ingresándolos en este acto, al contado y en dinero efectivo, a la caja social; y b) JEAN BURBANO SALAZAR, aporta la suma de $20.000.000, quedando entonces, con una participación equivalente al 50% del capital social y en la misma proporción en sus respectivos derechos sociales, que entera y paga ingresándolos en este acto, al contado y en dinero efectivo, a la caja social. iv) En todo lo no modificado en este instrumento, se mantienen vigentes las demás cláusulas del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 25 de noviembre de 2021.