FABRICACIÓN DE JUGUETES Y ACCESORIOS PARA PERROS, GATOS Y MASCOTAS MARCELA SILVA E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2021
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, Santiago, comuna de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2021, otorgada ante mí, MARCELA CAMILA ALEJANDRA SILVA NAVARRO, chilena, casada, esteticista integral y artística, de treinta y dos años de edad, cédula de identidad número diecisiete millones trescientos nueve mil quinientos ochenta y seis guión cuatro, domiciliado en calle José Joaquín Pérez número dos mil novecientos cincuenta y tres, Comuna de Renca, Región Metropolitana, constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Objeto social será: Fabricar, elaborar y realizar toda clase de juguetes en género, ropa, pañuelos, camas, correas, casas de mascotas y toda clase de accesorios para perros, gatos y mascotas en general, toda clase de accesorios, relacionados directa o indirectamente entretenciones para mascotas. - Nombre de la empresa “FABRICACIÓN DE JUGUETES Y ACCESORIOS PARA PERROS, GATOS Y MASCOTAS MARCELA SILVA E.I.R.L.” Nombre de fantasía de “COLECCIÓN AMORDIDITAS E.I.R.L.”.- La empresa tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero. La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a doña MARCELA CAMILA ALEJANDRA SILVA NAVARRO, quien actuando por la empresa y anteponiendo el nombre a su firma, la representará con las más amplias facultades.- Capital social será la suma de diez millones de pesos, que se enteran en dinero efectivo, ya ingresado en caja social, del cual la empresa individual se da por recibida a su entera satisfacción, quedando de esta forma enterado el capital de la sociedad e ingresado a la caja de la empresa. La empresa responde exclusivamente por las obligaciones contraídas dentro de su giro, con todos sus bienes, limitando su responsabilidad al monto efectivo del aporte que por este acto se entrega, sin perjuicio de sus modificaciones. La responsabilidad del constituyente queda limitada hasta el monto de su aporte. La empresa individual de responsabilidad limitada que por este acto se constituye empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida. Santiago, 28 de diciembre de 2021.