MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

DESARROLLOS Y BODEGAS II SpA

RUT 76611616-7 CVE 2065423
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de diciembre de 2021
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores 178, piso 5, comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 24 de diciembre de 2021, repertorio número 103.166-2021, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad DESARROLLOS Y BODEGAS II SpA, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 80.561, número 43.480 del año 2016 (la “Sociedad”), celebrada con fecha 24 de diciembre de 2021 (la “Junta”), en virtud de la cual, entre otras materias, se acordó y aprobó: (i) incrementar el número de acciones en que se divide el capital, sin aumentar el capital de la Sociedad, pasando de 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal a 10.000.000 acciones de iguales características a las existentes; y (ii) aumentar el capital de la Sociedad de la cantidad de $1.000.000, dividido en 10.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la cantidad de $1.143.508.176, dividido en 12.905.771 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 2.905.771 nuevas acciones de iguales características a las existentes. El capital suscrito y pagado asciende a la cantidad de $1.000.000, dividido en 10.000.000 de acciones. El saldo de $1.142.508.176, dividido en 2.905.771 acciones, deberá quedar íntegramente suscrito y pagado en el plazo de 1 año contado desde la fecha de celebración de la Junta. Se modificaron los artículos cuarto y primero transitorio de los estatutos de la Sociedad para reflejar la reforma señalada. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 28 de diciembre de 2021.